La prolongaci¨®n de la concesi¨®n de la autopista es ilegal, seg¨²n un dictamen
El Estado hubiera podido aplicar una rebaja a las autopistas sin prolongar la concesi¨®n. Esta es una de las conclusiones del dictamen encargado al jurista Francisco Sosa Wagner por el Ayuntamiento de Barcelona. El catedr¨¢tico a?ade que la prolongaci¨®n fue ilegal ya que no tuvo en cuenta que facilitaba, sin contrapartidas, el enriquecimiento injusto de la empresa. Un segundo informe del mismo autor establece que el convenio entre las concesionarias y el Gobierno catal¨¢n tampoco se ajusta a derecho ya que, en realidad, impone un impuesto que no ha sido aprobado por los diputados.
"Es evidente que una ampliaci¨®n del plazo concesional constituye una alteraci¨®n sustancial de la base del negocio (...) y puede provocar un enriquecimiento injusto de la sociedad concesionaria si no se ajustan los t¨¦rminos de su equilibrio econ¨®mico atendiendo al inter¨¦s p¨²blico de la concesi¨®n". Sosa Wagner afirma que la prolongaci¨®n de la concesi¨®n hecha por el Gobierno central a cambio de una rebaja de los peajes no tuvo en cuenta los datos econ¨®micos de la empresa y, por consiguiente, s¨®lo contribuye a un enriquecimiento injustificado.Sosa Wagner es catedr¨¢tico de Derecho Administrativo y autor de varios estudios sobre las concesiones de servicios p¨²blicos. En su informe se plantea la tendencia de los tribunales a tener m¨¢s presentes los derechos de las concesionarias que los de la Administraci¨®n, antes de considerar que los de ¨¦sta no son otros que los intereses generales, es decir, del conjunto de los ciudadanos.
Las concesiones se hacen, explica el catedr¨¢tico, porque el Estado no puede satisfacer determinadas prestaciones y recurre a un empresario . ?ste, a?ade, "convive con el riesgo porque de ¨¦l vive. Si olvidamos esta dimensi¨®n de estos colaboradores de la Administraci¨®n, si la Administraci¨®n cubre una y otra vez cualquier perjuicio que sufran, puede llegarse a la conclusi¨®n de que los concesionarios son superfluos".
Ya refiri¨¦ndose a la prolongaci¨®n de la concesi¨®n y a la rebaja de las tarifas, Sosa Wagner escribe: "Tales rebajas de tarifas deben ser reales, no ficticias o aparentes, es decir, una de esas rebajas tan frecuentes que, si suponen una merma de ingresos para la empresa de un lado, implican un aumento de otro, con lo que la empresa nada pierde y el consumidor poco o nada gana".
El Gobierno hubiera podido aplicar rebajas, afirma el dictamen, sin prorrogar la concesi¨®n. Esta modificaci¨®n, prevista en las leyes, se puede hacer si se dan los siguientes requisitos: alteraci¨®n completamente extraordinaria de las circunstancias, desproporci¨®n inusitada o exorbitante entre las prestaciones que rompan el equilibrio de las prestaciones y que se produzcan circunstancias imprevisibles.
Sosa concluye que cualquier acuerdo que la Administraci¨®n adopte "debe estar respaldado por el pertinente estudio econ¨®mico que, al constituir su motivaci¨®n, ha de ser p¨²blico", y que cuando hay extraordinarios beneficios para el concesionario "procede a reajustar el r¨¦gimen econ¨®mico en su conjunto en beneficio de la Administraci¨®n (no s¨®lo de las tarifas), de an¨¢loga forma a como se har¨ªa si el perjudicado fuera el concesionario".
M¨¢s contundente es el segundo informe de Sosa Wagner, terminado hace un mes, sobre las concesiones de las autopistas dependientes de la Generalitat. El dictamen habla de "tributo encubierto", al que califica de injusto, extempor¨¢neo e intempestivo.
Beneficios excesivos
El convenio entre las concesionarias y el Gobierno catal¨¢n establece, seg¨²n recoge el dictamen y reconoce el propio Ejecutivo, que las empresas pagar¨¢n el 25% de los excedentes de beneficio de la explotaci¨®n "calculados de acuerdo con el plan econ¨®mico", dinero destinado a "mejoras de la red viaria".
La primera objeci¨®n al convenio es que se hizo sin la participaci¨®n de los usuarios de las autopistas. Pero el asunto va m¨¢s all¨¢, afirma el jurista: "La f¨®rmula adoptada sorprende: aparentemente correcta, se desploma en cuanto se dirige hacia ella una mirada algo m¨¢s cr¨ªtica y precisa". La Generalitat no puede participar en los beneficios de la explotaci¨®n. Tiene derecho a controlar la gesti¨®n del servicio y la posible existencia de un enriquecimiento injusto, pero no a participar en el reparto de beneficios. Y puestos a hacerlo, se pregunta, "?por qu¨¦ en un 25% y no en el 50% o cualquier otra cantidad?".
El meollo del asunto es que se habla de "exceso de beneficios", pero si eso es as¨ª "significa que las tarifas de los peajes que se cobran a los usuarios no se corresponden con el efectivo coste del servicio" y esta idea "quiebra el concepto de tarifa" ya que ¨¦stas, legalmente, "no pueden exceder el coste del servicio".
La decisi¨®n de la Administraci¨®n encubre "un tributo, en concreto, una especie de impuesto indirecto". Pero el Gobierno catal¨¢n no puede inventar impuestos sin pasar por el Parlamento. Adem¨¢s, este impuesto ser¨¢ destinado a la red viaria, pero Sosa Wagner no conf¨ªa demasiado en ello ya que el montante, dice, "se integrar¨¢ en el saco com¨²n de los fondos p¨²blicos".
Sosa califica la decisi¨®n como "un desprop¨®sito extempor¨¢neo" y asegura que este tipo de tasas son injustas porque acaban gravando a las rentas bajas o medias m¨¢s que a las altas. La ¨²nica posibilidad ser¨ªa destinar este dinero a la mejora de la autopista, incluida la rebaja de esta v¨ªa.
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