Confebask defiende los incentivos fiscales ante el expediente de la Comisi¨®n Europea
Confebask present¨® ayer ante la Comisi¨®n Europea sus alegaciones contra el procedimiento general de infracci¨®n abierto por Bruselas contra los incentivos fiscales vascos a la inversi¨®n empresarial a ra¨ªz de los casos Daewoo y Ramondin. La patronal vasca solicita a la Comisi¨®n Europea, a trav¨¦s de los servicios jur¨ªdicos del bufete Garrigues & Andersen, la desestimaci¨®n del expediente abierto, al considerar que la normativa fiscal cuestionada es plenamente conforme con el ordenamiento jur¨ªdico comunitario.Para fundamentar esta postura, Confebask parte en sus alegaciones del an¨¢lisis hist¨®rico de la relaci¨®n existente entre el Pa¨ªs Vasco y el Estado, destacando sus peculiaridades, el car¨¢cter de pacto del Concierto Econ¨®mico y su reconocimiento como sistema general y de corresponsabilizaci¨®n, que dota a las diputaciones forales vascas de la facultad de regular sus propios tributos.
En respuesta a los argumentos presentados por la Comisi¨®n, Confebask niega el car¨¢cter de ayudas de Estado de los incentivos sometidos a revisi¨®n, asegurando, al mismo tiempo, que ¨¦stos, adem¨¢s de no afectar a los intercambios econ¨®micos, son plenamente compatibles con el mercado com¨²n y con las normas de la competencia.
La patronal llega a afirmar que las diputaciones forales vascas han venido aprobando diferentes medidas de car¨¢cter fiscal incluso m¨¢s amplias que las ahora existentes, sin que hayan sido objeto de impugnaci¨®n alguna, y que la ¨²nica vez que la Comisi¨®n se ha pronunciado al respecto, en 1993, fue para reconocer la legitimidad de la actuaci¨®n vasca.
Para Confebask, interpretar como ilegal el sistema fiscal vasco obligar¨ªa tambi¨¦n a hacer lo mismo con el resto de los sistemas fiscales de los Estados miembro, en cuanto contemplan sistemas de tributaci¨®n y de presi¨®n fiscal diferentes para las empresas de modo incluso m¨¢s amplio que la normativa vasca. Las alegaciones de Confebask se suman a las que present¨® anteayer la Junta de Castilla y Le¨®n. Para el servicio jur¨ªdico de la Junta, la compatibilidad de estas ayudas con el mercado com¨²n "no pueden admitirse, desde ning¨²n punto de vista".
Sentencia favorable
Por otro lado, el Tribunal Supremo ha reconocido en una reciente resoluci¨®n la capacidad reguladora de la Diputaci¨®n de ?lava sobre los recargos por ingresos, aplicables en la normativa foral, as¨ª como sobre las exenciones establecidas en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, seg¨²n inform¨® la instituci¨®n foral en un comunicado. Con esta sentencia se pone fin a unos de los contenciosos judiciales m¨¢s antiguos entre la Diputaci¨®n alavesa y la Administraci¨®n del Estado. El recurso, planteado por el Gobierno central, afectaba a la Norma Foral 30/1991, del 19 de diciembre de Presupuestos Generales del Territorio Hist¨®rico de ?lava y lleg¨® al Supremo tras un primer fallo favorable en el Tribunal Superior del Pa¨ªs Vasco.
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