Una sentencia obliga a un ex diputado de UPN a devolver tierras en las Bardenas
El presidente de la Junta de Bardenas Reales tiene mucho poder y demasiadas tierras y esa concentraci¨®n de propiedades vulnera la legalidad vigente. As¨ª lo ha establecido una reciente sentencia del Tribunal Administrativo de Navarra, que considera que Jos¨¦ Antonio Gayarre, ex parlamentario foral y ex diputado al Congreso por UPN entre 1989 y 1996, rebas¨® junto a su esposa el tope de terrenos cultivables establecido por las ordenanzas de la comunidad que rige la explotaci¨®n agr¨ªcola de esta extensa zona des¨¦rtica del sur de Navarra, cuyo uso es compartido por 22 municipios.
Jos¨¦ Antonio Gayarre preside la Junta de Bardenas Reales, el organismo ejecutivo que gobierna este vasto territorio de tierras de cultivo. Gayarre es adem¨¢s uno de los hombres fuertes tradicionales de Uni¨®n del Pueblo Navarro en la Ribera y en 1975 hered¨® de sus padres 604 robadas de terreno (54,3 hect¨¢reas). Su esposa, Josefina Aguado, hered¨® a su vez en 1988 otras 694 robadas (62,4 hect¨¢reas) propiedad de un hermano, fallecido aquel a?o en accidente.Conocedor de estas herencias, Lorenzo Marqu¨¦s, un vecino de Tudela, municipio tambi¨¦n congozante (t¨¦rmino arcaico para indicar el uso o disfrute compartido de un bien) de Bardenas, pidi¨® a la Comisi¨®n Permanente de la comunidad, formada por representantes de los ayuntamientos, que desposeyera al matrimonio de todo el terreno que excediera de las 750 robadas (67,5 hect¨¢reas) por cada cabeza de familia. Esa superficie cultivables es la que permite como m¨¢ximo el art¨ªculo 31 de las Ordenanzas de Bardenas, que datan del a?o 1969. Lorenzo Marqu¨¦s pidi¨® ese terreno para su propio disfrute, pero la Permanente desoy¨® su reclamaci¨®n.
Sin embargo, el recurso de alzada que interpuso en octubre de 1998 ante el Tribunal Administrativo de Navarra ha tenido ¨¦xito y su sentencia del pasado 5 de enero establece que Jos¨¦ Antonio Gayarre y su esposa superan la posesi¨®n m¨¢xima de tierras permitida por las ordenanzas.
Por cabeza de familia
El argumento esgrimido por los denunciados para defender sus tierras fue que las ordenanzas se refer¨ªan a 750 robadas por vecino congozante y no por unidad familiar, y que una modificaci¨®n del art¨ªculo 31, realizada en el a?o 1985, dispuso como requisitos ¨²nicos para tener tierras los de ser vecino congozante y tener m¨¢s de 18 a?os.
El tribunal reconoce esos requisitos, pero recuerda que sigue vigente la limitaci¨®n de 750 robadas "por cada usuario cabeza de familia", lo cual, a?ade la Sala, podr¨ªa conducir al absurdo de pensar que "los usuarios no cabezas de familia no est¨¢n sujetos a ning¨²n l¨ªmite superficial".
El tribunal subraya que el objetivo de esas ordenanzas "siempre ha sido limitar la acumulaci¨®n de riqueza r¨²stica para efectuar un mejor reparto de la misma" entre los muchos vecinos congozantes y que el l¨ªmite siempre ha sido, "como no pod¨ªa ser otro, la unidad familiar".
Si en el plazo de dos meses Jos¨¦ Antonio Gayarre o la Junta que ¨¦l ha dirigido con mano de hierro en los ¨²ltimos a?os no recurren la sentencia judicial, el ex diputado se ver¨¢ obligado a devolver el exceso de tierras. Eso s¨ª, la sentencia no entra a analizar si las tierras sobrantes las debe disfrutar Marqu¨¦s, un agricultor de 67 a?os, u otro solicitante.
De hecho, el problema cobra una mayor dimensi¨®n con la denuncia y el fallo judicial porque, seg¨²n ha indicado Gayarre, su situaci¨®n se repite con muchos otros propietarios. La comisi¨®n permanente ha adjudicado parcelas con los ¨²nicos requisitos de ser vecino congozante y mayor de 18 a?os y contemplando el l¨ªmite individual de 750 robadas "para cada solicitud", ha afirmado el presidente de Bardenas.
Sin embargo, la actitud del presidente es calificada de "abuso temerario" por el exitoso reclamante, quien aspira a cultivar en su provecho las tierras de las que disfrutaban en exceso Jos¨¦ Antonio Gayarre y su esposa.
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