Estrasburgo no admite la queja de un ex juez que fue tildado de indigno
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, ha rechazado la demanda de Jaime Rodr¨ªguez Hermida, ex magistrado del Supremo expulsado de la carrera judicial en 1986 por su intervenci¨®n en la irregular puesta en libertad del jefe de la Camorra napolitana Antonio Bardellino, contra Espa?a, por la negativa del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a rehabilitarle en 1993. Impugn¨® el argumento de que su "indignidad para el ejercicio de la funci¨®n judicial (...) no podr¨ªa jam¨¢s cesar".Rodr¨ªguez Hermida se quej¨® de que el CGPJ estimara que su influencia sobre el juez que decret¨® la libertad de Bardellino "entra?a un atentado a la ¨¦tica que debe inspirar toda actividad de un juez o magistrado y la indignidad para serlo debe ser considerada como persistente en el tiempo".
Una vez que en 1994 el Supremo rechaz¨® su recurso y en 1997 el Constitucional le neg¨® el amparo, Rodr¨ªguez Hermida se dirigi¨® al Tribunal de Estrasburgo, ante el que invoc¨® que las citadas expresiones sobre su "indignidad perpetua" vulneran el art¨ªculo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos: "Nadie puede ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes".
La decisi¨®n del Tribunal de Estrasburgo, conocida ahora, rechaza por unanimidad la demanda, entre otros motivos por estimar que el mal trato alegado "debe alcanzar un m¨ªnimo de gravedad", que en este caso no se da, "habida cuenta del conjunto de datos".
El tribunal recuerda que Rodr¨ªguez Hermida fue objeto de una grave sanci¨®n disciplinaria "por hechos no menos graves de los que fue considerado responsable, como el de haber 'ejercido presiones' sobre otro magistrado a fin de obtener la liberaci¨®n" de Bardellino.
La resoluci¨®n explica que el CGPJ rechaz¨® en 1993 la rehabilitaci¨®n del ex magistrado por "indignidad para el ejercicio de la funci¨®n judicial, que no podr¨ªa jam¨¢s cesar", como consecuencia de que "fue reconocido responsable de haber atacado la independencia judicial interna para obtener la impunidad de un delincuente peligroso del crimen organizado y al permitir as¨ª a dicho delincuente continuar sus actividades il¨ªcitas".
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