Ley de Extranjer¨ªa y redes organizadas
La Ley de Extranjer¨ªa prev¨¦ varias formas para que los extranjeros regularicen su situaci¨®n en Espa?a.Primera: los extranjeros que se encuentren en territorio espa?ol desde antes del 1 de julio de 1999 y acrediten haber solicitado alguna vez permiso de trabajo o residencia, o que lo hayan tenido en los ¨²ltimos tres a?os, podr¨¢n regularizarse, cuando salgo el Real Decreto.
Segunda: el extranjero que denuncie que ha sido v¨ªctima, testigo o perjudicado de un acto de tr¨¢fico il¨ªcito de seres humanos, de inmigraci¨®n ilegal, de tr¨¢fico de mano de obra, o de un acto de explotaci¨®n en la prostituci¨®n, quedar¨¢ exento de responsabilidad administrativa y no ser¨¢ expulsado.
Tercera: : el extranjero que acredite una estancia ininterrumpida de dos a?os en territorio espa?ol, que figure empadronado en un municipio y que tenga medios econ¨®micos para subsistir.
Deseo comentar que los extranjeros que hayan cometido delito en Espa?a y hayan cumplido la condena o hayan sido indultados, podr¨¢n tambi¨¦n obtener o renovar el permiso de residencia. En cuanto a los menores, el Juzgado de Menores determinar¨¢ su edad mediante examen f¨ªsico. Si son menores, pasar¨¢n a la tutela de la Administraci¨®n espa?ola, y desde ese instante se les otorgar¨¢ permiso de residencia.
En todos los casos, es un derecho, aconsejable y conveniente, contar con el dictamen, consejo y asesoramiento de un abogado.- . Abogado. .
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