Estrasburgo condena a Espa?a por una violaci¨®n de la libertad de cr¨ªtica
El demandante es un realizador de TVE que fue despedido en 1994
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, notific¨® ayer una sentencia que, por cinco votos a dos, declara que Espa?a viol¨® la libertad de expresi¨®n cuando, a prop¨®sito de las duras cr¨ªticas vertidas contra TVE y sus directivos por el realizador Bernardo Fuentes Bobo, fue despedido en 1994. El tribunal condena al Estado espa?ol a pagar a Fuentes un mill¨®n de pesetas por da?os morales y materiales, y 750.000 por gastos. El demandante ped¨ªa 279 millones y 30 millones, respectivamente.
Empleado en TVE desde 1971, en 1992 fue suprimido su programa matinal Club de mujeres. A partir de entonces, Fuentes Bobo particip¨® en diversas reivindicaciones contra planes del ente p¨²blico. En 1993 fue coautor del art¨ªculo Expoliaci¨®n de un bien p¨²blico, publicado en Diario 16, que criticaba la gesti¨®n de diversos directivos de TVE designados en la etapa de gesti¨®n socialista, a los que acusaba, entre otras cosas, de terrorismo profesional y de privatizar la televisi¨®n p¨²blica.Tras imputar a los directivos de TVE, en un programa radiof¨®nico de la COPE, de corrupci¨®n, abusos y desprecio a los derechos, y calificarles de "sanguijuelas", Fuentes Bobo fue suspendido 76 d¨ªas de empleo y sueldo. Unos d¨ªas despu¨¦s, en la misma emisora, dijo de aquellos que "se cagan en el personal, en los trabajadores".
Dos meses m¨¢s tarde, en abril de 1994, Fuentes Bobo fue despedido, decisi¨®n contra la que reclam¨® ante todas las instancias judiciales posibles, incluido el Constitucional, que desestim¨® su recurso de amparo por estimar que el despedido no se hab¨ªa limitado a informar y explicar sus cr¨ªticas, sino que "hab¨ªa pronunciado juicios de valor claramente ofensivos e in¨²tiles para apoyar los hechos reprochados a los dirigentes de la empresa". Record¨® que "la Constituci¨®n no protege el derecho al insulto".
La gesti¨®n de televisi¨®n
Los cinco jueces del Tribunal de Estrasburgo que forman la mayor¨ªa de la sala reconocen que las expresiones utilizadas son ofensivas, pero observan que se producen en el contexto de "un largo debate p¨²blico que concierne a cuestiones de inter¨¦s general relativas a la gesti¨®n de la televisi¨®n p¨²blica".
La sentencia recuerda que TVE aplic¨® a Fuentes Bobo la sanci¨®n m¨¢xima, "de una severidad extrema, cuando podr¨ªan haberse considerado otras sanciones menos graves y m¨¢s apropiadas".
Los dos jueces discrepantes razonan que TVE hab¨ªa ya utilizado "toda la gama de este g¨¦nero de medidas", y que Fuentes Bobo "no pod¨ªa ignorar que, perseverando en la provocaci¨®n, incurrir¨ªa en la sanci¨®n final de despido".
Fuentes coment¨® ayer que, a pesar de su alegr¨ªa, se encuentra "profundamente triste", por haberse visto "obligado" a recurrir a Estrasburgo, tras las siete resoluciones judiciales espa?olas adversas, informa Efe.
El fallo de ayer es el n¨²mero 14 que condena a Espa?a desde que en 1981 acept¨® demandas de quienes crean violados sus derechos humanos. Y es el segundo por violar la libertad de expresi¨®n, tras el de 1992, por la pena impuesta al ex senador de HB Miguel Castells por unas declaraciones de 1979 sobre la guerra sucia contra ETA.
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