El Tribunal Superior vasco califica de "temeridad jur¨ªdica" las multas del Ayuntamiento de Bilbao a autores de pintadas
El Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco (TSJPV) ha calificado de "jur¨ªdicamente temeraria" la conducta procesal del Ayuntamiento de Bilbao al imponer multas contra los autores de pintadas en los muros de edificios p¨²blicos. Seg¨²n se recoge en la sentencia, el Consistorio no tiene cobertura legal para la imposici¨®n de sanciones en estos casos.El tribunal asegura que en este tipo de infracciones administrativas, como son las pintadas en las fachadas p¨²blicas, "la depuraci¨®n de la responsabilidad sancionadora es plenamente compatible con la exigencia al causante de la pintada de la reposici¨®n de la situaci¨®n alterada as¨ª como el resarcimiento indemnizatorio por los da?os y perjuicios causados".
El Ayuntamiento de Bilbao mult¨® con 12.500 pesetas al autor de una pintada bas¨¢ndose en la Ordenanza de Limpiezas. Ante el recurso presentado contra la sanci¨®n, el tribunal reconoce el ejercicio de la potestad sancionadora por parte de la Administraci¨®n municipal, aunque supeditada a la garant¨ªa de legalidad penal, que exige que "las infracciones y sanciones que se prevean tengan cobertura en una norma de rango legal que tipifique tales hechos como infracciones en el ¨¢mbito donde incide la ordenanza local".
El m¨¢ximo tribunal vasco se ha pronunciado desde 1997 en contra de estas pr¨¢cticas en tres sentencias y a?ade que "no se ofrecen motivos para la modificaci¨®n del criterio entonces establecido". Justifica esta decisi¨®n en que dicha legislaci¨®n "no constituye un punto de conexi¨®n suficiente para que la norma municipal considerada que prohibe realizar sobre los muros y paredes exteriores de la ciudad actividades pict¨®ricas conocidas como pintadas, encuentre habilitaci¨®n legal en el r¨¦gimen sectorial de las infracciones y sanciones en materia de residuos".
El tribunal concluye diciendo que el r¨¦gimen sancionador dispuesto por la Ordenanza de Limpieza Municipal del Ayuntamiento de Bilbao "contraviene la garant¨ªa de la legalidad penal establecida en el art¨ªculo 25.1 de la Constituci¨®n", por lo que declara improcedente dicha sanci¨®n y la anula. Asimismo, determina que la sentencia es firme y no cabe recurso de casaci¨®n ordinario alguno contra ella.
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