"Me produce pena c¨®mo se instruyen las causas de accidentes laborales"
Teniente fiscal de la Audiencia de AlicantePregunta. Su memoria sobre accidentes laborales correspondiente a 1999 ha sido tomada como ejemplo a seguir por la Fiscal¨ªa General. ?Cu¨¢les son, en s¨ªntesis, sus propuestas?Respuesta. No me atrever¨ªa a decir en t¨¦rminos absolutos que el trabajo que ha realizado la Fiscal¨ªa de Alicante sirva de modelo para todas las fiscal¨ªas, pero sin duda alguna, es una aportaci¨®n de cierta entidad que puede servir de punto de arranque. El objetivo es establecer las pautas y que el fiscal general del Estado ordene que se elabore una instrucci¨®n general para todos los fiscales de Espa?a que recoja los criterios generales de actuaci¨®n en la lucha por la defensa de los derechos de los trabajadores.
P. A su juicio, ?cu¨¢les han de ser esos criterios generales?
R. Primero elaborar una estad¨ªstica judicial y fiscal de los accidentes laborales, ya que existe una gran discordancia entre las cifras oficiales de Trabajo y las que nosotros manejamos. Otra de las sugerencias, ya puesta en marcha en Alicante desde el a?o 1996, la creaci¨®n de la figura del fiscal coordinador de delitos laborales, y si fuese posible, por el volumen de trabajo, en exclusividad. Tambi¨¦n es necesario la especializaci¨®n por parte del fiscal coordinador en la materia laboral y potenciar la actuaci¨®n extraprocesal del fiscal coordinador, es decir, que el fiscal tiene que mantener reuniones peri¨®dicas con los estamentos implicados. Otra de las sugerencias es un fiscal activo en la fase de instrucci¨®n. Hasta ahora el fiscal es un fiscal de mesa camilla, que espera c¨®modamente la llegada de los papeles. En este tipo de asuntos, si fuera posible, el fiscal tiene que estar presente desde que se produce el accidente a pie de obra, y desde el inicio de las diligencias hasta que se cierra la causa, extremo que, desgraciadamente no se hace. Y, por ¨²ltimo, hay que actualizar la circular de 1991, que adem¨¢s est¨¢ siendo parcialmente incumplida, con criterios claros, y a partir de ah¨ª ya se puede empezar a trabajar.
P. La Fiscal¨ªa de Alicante ha dado un paso cualitativo en la lucha contra la siniestralidad laboral al aplicar el c¨®digo penal en el caso de un accidente en una obra que cost¨® la vida a un menor. ?Se considera pionero en este terreno?
R. Yo siempre digo que soy un oscuro fiscal de provincias, pero s¨ª me siento muy orgulloso de haber trabajo en este sentido. En el a?o 1984, con motivo del 4? Congreso de la Asociaci¨®n Profesional de Fiscales, ya llam¨¦ la atenci¨®n sobre el grave problema de los accidentes laborales, y tristemente se ha avanzado muy poco.
P. Los sindicatos consideran que la mayor¨ªa de los siniestros son susceptibles de ser perseguidos por la v¨ªa penal. ?Por qu¨¦ entonces la mayor¨ªa de los casos se tipifican como simples faltas?
R. Lo digo muy claramente: porque, desgraciadamente, ni jueces ni fiscales tenemos conciencia de este problema y no tenemos sensibilidad. La creencia general es que esto es una infracci¨®n administrativa, pero, en realidad, es un delito que est¨¢ recogido en el C¨®digo Penal. Me produce pena c¨®mo se instruyen las causas de accidentes laborales, de manera rutinaria. Hay una explicaci¨®n t¨¦cnica y es que generalmente los abogados defensores penalistas dicen que el derecho penal debe intervenir s¨®lo en los casos m¨¢s importantes, en aras del principio de la m¨ªnima intervenci¨®n. Pero es un error. Ese principio se dirige al legislador y no al aplicador del derecho, o sea los jueces y fiscales. Entendido as¨ª el principio de la m¨ªnima intervenci¨®n lo que hace es proteger a los poderosos en detrimento de los desfavorecidos.
P. ?Los empresarios colaboran o a¨²n no tienen conciencia del problema?
R. S¨ª. Recientemente hemos tenido una reuni¨®n con la c¨²pula de Coepa [patronal alicantina] y nos expresaron su inter¨¦s por el problema y su disposici¨®n a colaborar.
P. ?Los sindicatos podr¨ªan colaborar de otra forma, aparte de las denuncias?
R. Seguramente s¨ª, a trav¨¦s de la figura de la acusaci¨®n popular que hay que potenciar. Al fiscal no le ha de preocupar que exista un acusador popular que puede ser el representante de una central sindical. En esto hay ciertas reticencias sobre su legitimidad, pero no es as¨ª, est¨¢n legitimadas, porque una de las funciones de los sindicatos es velar por la salud y seguridad de los trabajadores. Esta acci¨®n popular no se ejerce, porque se les exige la prestaci¨®n de una fianza, lo que deber¨ªa hacerse es suprimir esta fianza o dejarla en una cifra simb¨®lica, porque no se trata de poner dificultades, sino de dar facilidades.
P. ?Cuenta con los suficientes medios en la Fiscal¨ªa de Alicante para desarrollar su trabajo?
R. Los medios son manifiestamente insuficientes, pero no s¨®lo en esta ¨¢rea. Necesitamos ampliar la plantilla de fiscales y de ser posible dedicar uno exclusivamente a los delitos laborales. Exigi¨¦ndole que estuviera presente en todas las declaraciones. En este tipo de asuntos, si fuera posible, el fiscal tiene que estar presente desde que se produce el accidente a pie de obra, y desde el inicio de las diligencias hasta que se cierra la causa. Causa en cuya instrucci¨®n no interviene el fiscal normalmente est¨¢ condenada al fracaso, porque luego suelen desaparecer pruebas.
P. La afluencia masiva de inmigrantes est¨¢ generando otro tipo de delito contra los trabajadores, la explotaci¨®n de los sin papeles. ?Est¨¢ la Administraci¨®n en general y la fiscal¨ªa en particular preparada para combatir este fen¨®meno?
R. Tambi¨¦n aqu¨ª existe un problema de medios. Esta cuesti¨®n actualmente es competencia del fiscal de extranjer¨ªa. Pero una de mis propuestas es que ese fiscal coordinador aglutine todo lo relativo a los delitos contra los trabajadores, que tambi¨¦n incluyen la explotaci¨®n de los inmigrantes.
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