Galindo y Elgorriaga, condenados a 71 a?os
El tribunal califica los hechos como asesinato pero no aprecia la existencia de banda armada
La Audiencia Nacional ha declarado probado que hubo un plan concebido por el general Enrique Rodr¨ªguez Galindo y el ex gobernador Julen Elgorriaga para secuestrar a miembros de ETA en Francia, trasladarlos a Espa?a para obtener informaci¨®n "aunque luego fuese preciso hacerlos desaparecer para evitar que los hechos fuesen descubiertos". La sentencia recuerda que nadie ha hecho alusi¨®n a que se recibiera "orden o instrucci¨®n alguna que partiera de los ¨®rganos centrales", por lo que concluye que Galindo y Elgorriaga obraron porque ten¨ªan la convicci¨®n de que desde sectores gubernamentales y, concretamente, del Ministerio del Interior, se apoyaban o se aceptaban las actuaciones violentas realizadas en Francia.El plan se concret¨® en el secuestro de los etarras Jos¨¦ Antonio Lasa y Jos¨¦ Ignacio Zabala, ocurrido el 15 de octubre de 1983. El tribunal, integrado por Siro Garc¨ªa, como presidente, Manuel Fern¨¢ndez de Prado, como ponente, y Carlos Cez¨®n, considera que Elgorriaga proporcion¨® el lugar id¨®neo, el palacio La Cumbre; Galindo, como superior, dio ¨®rdenes e instrucciones; Vaquero, como eslab¨®n de la cadena de mando, las transmiti¨® y Dorado y Bayo intervinieron en la realizaci¨®n "material", junto con otras personas que no han sido juzgadas.
El tribunal llega por esa v¨ªa a la conclusi¨®n de que los cinco intervinieron en el asesinato y la detenci¨®n ilegal de Lasa y Zabala, aunque no identifica a las personas que participaron en el secuestro, ni a los que dispararon contra los etarras. Los cinco se prevalieron de su condici¨®n de funcionarios p¨²blicos.
La sentencia establece que no se ha podido probar que los secuestrados hubieran sido torturados durante los interrogatorios, por la total ausencia de partes blandas en los restos hallados, a pesar de que se?ala que las vendas encontradas en los cad¨¢veres desnudos de los etarras constituyen un indicio de ello. Por esa raz¨®n absuelve a los acusados de los delitos de lesiones o torturas de los que estaban acusados.
"Hecho puntual"
La Sala estima que el grupo que formaban los condenados no constitu¨ªa una banda armada. Los magistrados siguen la doctrina expuesta en la sentencia del caso Marey y se?alan que los secuestros y asesinatos de Lasa y Zabala fueron un hecho puntual, ya que en este juicio no se ha demostrado que la estructura clandestina integrada por Elgorriaga, Galindo y sus hombres participara en otras acciones delictivas de los GAL y por tanto no se puede deducir una estabilidad en el tiempo y no se puede inferir que el grupo tuvieran como finalidad subvertir el orden constitucional o alterar la paz p¨²blica. Adem¨¢s, los cinco condenados deber¨¢n indemnizar con 25 millones de pesetas a los herederos de cada uno de los etarras. En caso de impago se establece la responsabilidad del Estado.
Todos los acusados, a excepci¨®n de Felipe Bayo, hicieron p¨²blico ayer un comunicado en el que proclamaban su inocencia y anunciaban que presentar¨¢n el recurso correspondiente ante el Tribunal Supremo.
Galindo, Elgorriaga, Vaquero, Vera y Argote acudieron por la ma?ana a recoger la sentencia en la Audiencia Nacional y en ese momento no quisieron hacer valoraciones sobre la sentencia. Por la tarde, en el comunicado, se?alaron que en el juicio se ha demostrado su inocencia y su falta de relaci¨®n con los hechos por los que han sido condenados y precisan que la sentencia de la Audiencia Nacional no ha sido "respetuosa con la legalidad, con los principios constitucionales y compatible con la verdad".
Ingreso en prisi¨®n
El teniente fiscal Jes¨²s Santos anunci¨® que en este caso piensa actuar igual que en otros, y que a la vista de las elevadas penas impuestas solicitar¨¢ una vistilla en la que requerir¨¢ el ingreso en prisi¨®n de los tres condenados, Elgorriaga, Galindo y Vaquero, que permanecen en libertad bajo fianza.
El fiscal, sin embargo, no quiso pronunciarse todav¨ªa sobre si presentar¨¢ recurso contra la sentencia por no apreciar la existencia de delito de pertenencia a banda armada para los cinco principales acusados o de encubrimiento para los acusados Rafael Vera y Jorge Argote.
Las acusaciones tambi¨¦n han anunciado que pedir¨¢n el ingreso en prisi¨®n de Galindo, Elgorriaga y Vaquero y que estudiar¨¢n si recurren la sentencia.
El tribunal se ha basado para construir la sentencia condenatoria en los testimonios del polic¨ªa ?ngel L¨®pez Carrillo y el contrabandista Pedro Luis Migu¨¦liz, Txofo, as¨ª como en las declaraciones del procesado Felipe Bayo. Los magistrados razonan que L¨®pez Carrillo y Txofo no se conoc¨ªan entre s¨ª y que sus testimonios coinciden en lo esencial, que Lasa y Zabala fueron secuestrados en Francia en octubre de 1983 por orden de Galindo, fueron trasladados a La Cumbre, donde fueron interrogados y finalmente trasladados a un paraje de Alicante, donde fueron asesinados. Esas manifestaciones se ven corroborados, seg¨²n el tribunal, por las declaraciones incriminatorias de Bayo.
La sentencia analiza las declaraciones y retractaciones de Bayo y el tribunal concluye que las declaraciones m¨¢s veros¨ªmiles son las efectuadas por el procesado en agosto de 1997 cuando reconoc¨ªa que ¨¦l y Dorado hab¨ªan interrogado a Lasa y Zabala en La Cumbre por orden de Galindo y Vaquero y en presencia de Elgorriaga.
El tribunal da especial relevancia a lo dicho por Bayo en el juicio al hacer uso del derecho a la ¨²ltima palabra. Bayo explic¨® que la desesperaci¨®n que le produjo sentirse abandonado por Galindo, "que hab¨ªa vuelto la grupa de su caballo dej¨¢ndoles a ¨¦l y a Dorado en el frente" le llev¨® a montar las declaraciones de agosto de 1997. Los magistrados deducen que "de ser cierto que no hab¨ªan intervenido en la comisi¨®n de los hechos, no pod¨ªan sentirse abandonados por Galindo: si ¨¦ste nada sab¨ªa, nada pod¨ªa decir para ayudarles; s¨®lo partiendo de que [Dorado y Bayo] hab¨ªan actuado cumpliendo las ¨®rdenes de Galindo pod¨ªa entenderse que estando ellos en la c¨¢rcel se sintiesen abandonados por su superior".
La Sala considera que carece de credibilidad la afirmaci¨®n de Bayo de que la cinta grabada en la c¨¢rcel, en la que se habla de la elaboraci¨®n de una coartada que fuera respaldada por Galindo, est¨¢ manipulada. El tribunal menciona la cinta de v¨ªdeo aportada por el letrado Jorge Argote como elemento de la credibilidad del testimonio de Txofo. "Argote trata de que se desdiga y el testigo insiste en que dijo la verdad, aunque le dieran siete millones", se?ala la sentencia.
De la cinta, seg¨²n los magistrados no se desprende que Txofo mintiera, sino que pudo tener tentaciones de no declarar en el juicio y salir del pa¨ªs.
Rafael Vera y Jorge Argote, absueltos
La Audiencia Nacional absolvi¨® ayer al ex secretario de Estado para la Seguridad, Rafael Vera, y al abogado vinculado al Ministerio del Interior durante la etapa socialista Jorge Argote del delito de encubrimiento del que estaban acusados. Vera fue absuelto tambi¨¦n de otro delito de malversaci¨®n de caudales p¨²blicos que le imputaba el abogado I?igo Iruin, en representaci¨®n de las madres de Lasa y Zabala.La sentencia declara probado que Argote logr¨® que el acusado Felipe Bayo, que era su cliente, recibiese seis millones de pesetas para pagar un curso de piloto en Estados Unidos y otros dos millones para sufragar los gastos del tratamiento psiqui¨¢trico que hab¨ªa recibido en la cl¨ªnica L¨®pez Ibor, pero no que esa conducta est¨¦ vinculada con el secuestro de los etarras.
Adem¨¢s, la sentencia declara que no est¨¢ probado el origen de los fondos y que no consta que procediesen de Rafael Vera o de los fondos reservados del Ministerio del Interior.
Tampoco se ha probado que en 1991 se celebrase una reuni¨®n entre Vera, Argote y el ex director de la Guardia Civil Luis Rold¨¢n en la que se plantease la necesidad de hacer desaparecer a Bayo. La sentencia se?ala que la versi¨®n facilitada por Rold¨¢n no fue confirmada por Corcuera, que no existe ning¨²n otro elemento probatorio que pueda confirmar la realidad de esa conversaci¨®n y que la enemistad que existe entre Rold¨¢n y Vera obliga a ser especialmente prudentes a la hora de valorar la credibilidad de Rold¨¢n cuando no resulten confirmadas por otras pruebas.
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