Sanidad pagar¨¢ tres millones a una mujer por da?os en un ojo
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de un Juzgado de lo Social de Vigo (Pontevedra) al Servicio Gallego de Salud, que deber¨¢ indemnizar con tres millones a una mujer por da?os f¨ªsicos y perjuicios morales derivados de una intervenci¨®n quir¨²rgica practicada en 1994 en su ojo derecho. Josefa Pitart Parrondo, de 50 a?os, hab¨ªa pedido que se condenara a la sanidad p¨²blica gallega a pagarle 18 millones.La sentencia fue recurrida por Pitart y el Servicio Gallego de Salud ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que absolvi¨® a dicho servicio. Pitart plante¨® recurso de casaci¨®n para unificaci¨®n de doctrina ante la Sala de lo Social del Supremo, que confirm¨® el fallo inicial.
La sentencia, de la que ha sido ponente Bartolom¨¦ R¨ªos Salmer¨®n, declar¨® probado que la demandante sufr¨ªa una degeneraci¨®n de retina y condensaci¨®n v¨ªtrea en el ojo derecho, que "llevar¨ªa, por su propia evoluci¨®n, a la ceguera del ojo". Igualmente, la sentencia afirma que, aunque, tras la operaci¨®n de cataratas, Pitart perdi¨® la visi¨®n central de su ojo derecho, no se acredit¨® error, negligencia m¨¦dica o defectuosa pr¨¢ctica de la intervenci¨®n ni tampoco el elemento causante del da?o ocasionado.
As¨ª pues, la condena se produce por el funcionamiento normal de los servicios m¨¦dicos, ya que el da?o se considera "consecuencia directa del tratamiento", que no alcanz¨® el resultado apetecido y adelant¨® "el resultado lesivo que la enfermedad hubiera producido por s¨ª misma".
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