La falta de medios obstaculiza la celebraci¨®n de los juicios r¨¢pidos
La Consejer¨ªa de Justicia, que dirige Seraf¨ªn Castellano, y los jueces de instrucci¨®n de Valencia est¨¢n siendo incapaces de aumentar de manera notable la celebraci¨®n de juicios r¨¢pidos, un procedimiento legal -de obligado cumplimiento- introducido a mediados de los 90 por la Ley de Enjuiciamiento Criminal para resolver sin demoras innecesarias un buen n¨²mero de delitos, habitualmente de poca importancia pero siempre con autor conocido sobre el que pesan pruebas irrefutables.
El decano de los jueces de Valencia, Fernando de Rosa, y el ahora director general de Justicia, Eloy Velasco, han celebrado ¨²ltimamente varias reuniones para intentar convencer a jueces y fiscales de la bondad de la iniciativa y facilitar ¨¦sta mediante una mejor dotaci¨®n de medios materiales. Las medidas, de momento, no han surtido efecto. El pasado 14 de abril se hab¨ªan celebrado 41 juicios r¨¢pidos, una cifra que arroja un resultado considerablemente mejor que el de 1999 (en 12 meses se realizaron ¨²nicamente 83) pero a¨²n lejana de la de 1995, cuando los 19 jueces de instrucci¨®n de la capital hicieron hasta 250. Los juicios r¨¢pidos o inmediatos fueron concebidos para acelerar la resoluci¨®n de aquellos casos en los que la polic¨ªa re¨²ne, de manera tan r¨¢pida como irrefutable, las pruebas que incriminan al autor de un delito, casi siempre una falta.
El sistema ofrece varias ventajas. En caso de que el perjudicado no resida en la ciudad en la que se cometi¨® el delito no es necesario que vuelva otra vez; evita las frecuentes suspensiones de juicios por la incomparecencia de testigos o agentes de polic¨ªa y, sobre todo, reduce de manera m¨¢s que notable el trabajo de las oficinas judiciales: los procedimientos penales abiertos por ilegalidades de poco calado consumen, seg¨²n algunas estad¨ªsticas, hasta una tercera parte del trabajo de los funcionarios.
A pesar de ello, siete juzgados de Valencia no han hecho ning¨²n juicio inmediato en cuatro meses. Otros cinco tan s¨®lo han hecho uno, buena prueba de las reticencias de los magistrados a la hora de aplicar la medida. La falta de medios adecuados en el juzgado de guardia y la siempre lenta introducci¨®n de nuevos instrumentos en la Administraci¨®n de Justicia son las razones citadas por varios magistrados consultados para justificar el fracaso. ?ste, en cualquier caso, no es exclusivo de Valencia.
El juez decano de Madrid, Fernando Fern¨¢ndez, aspiraba a realizar el a?o pasado hasta 2000 juicios inmediatos. En siete meses, tan s¨®lo se llevaron a cabo 90, y eso pese a la presi¨®n ejercida por sectores como el de los joyeros, que pidieron la aplicaci¨®n de esta figura jur¨ªdica para acelerar el posible encarcelamiento de varios delincuentes especializados en atracar, de manera reincidente, sus establecimientos. El problema tiene especial importancia si, de ser correcta la estimaci¨®n de la Fiscal¨ªa madrile?a, hasta un 47% de las causas pueden ser resueltas por este procedimiento. La reducci¨®n de este porcentaje contribuir¨ªa a paliar el justificado t¨®pico de la lentitud que acompa?a a la Justicia. Ahora mismo, los juicios de faltas (los potenciales juicios inmediatos) no tienen lugar, por lo general, hasta seis meses despu¨¦s de la comisi¨®n de la ilegalidad.
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