La Audiencia culpa al fiscal de la absoluci¨®n de tres etarras acusados de intentar asesinar a un concejal
La Secci¨®n Cuarta de lo Penal la Audiencia Nacional responsabiliz¨® ayer al fiscal Ignacio Pel¨¢ez de la absoluci¨®n de los integrantes del comando Andaluc¨ªa de ETA Jos¨¦ Luis Barrios, Maite Pedrosa y Mikel Azurmendi, por el intento de secuestro y asesinato del concejal del PP en Nerja Jos¨¦ Luis Pezzi.Sin embargo, la absoluci¨®n no tiene mayor transcendencia desde el punto de vista de su permanencia en prisi¨®n, ya que los tres etarras est¨¢n condenados por otros cr¨ªmenes, como el asesinato del concejal del PP de Sevilla Alberto Jim¨¦nez Becerril y su esposa, a m¨¢s de 30 a?os de c¨¢rcel, el m¨¢ximo previsto en la legislaci¨®n espa?ola.
El tribunal absuelve a los tres etarras por falta de pruebas y lanza duras cr¨ªticas al fiscal. As¨ª, tras se?alar la dificultad de probar la existencia de un hecho y su posterior desistimiento, el tribunal destaca: "Pero ello, en modo alguno, justifica un relato, el de la acusaci¨®n, impreciso en su formulaci¨®n, incongruente con el resultado de la prueba practicada a su instancia y, menos a¨²n, la ausencia de toda prueba tendente a corroborar la realidad de la imputaci¨®n".
"La inconsistencia del relato acusatorio", agrega m¨¢s adelante, "se ve reforzada por el escaso, m¨¢s bien nulo, poder de convicci¨®n que resulta del examen de los documentos hallados en poder de los acusados".
El tribunal admite que entre los documentos intervenidos a los procesados aparece anotado el nombre de Jos¨¦ Luis Pezzi y junto a ¨¦l una fotograf¨ªa de un var¨®n y dos anotaciones con dos direcciones, pero los magistrados se?alan que no se ha realizado ninguna prueba sobre esos datos, como que las anotaciones hubieran sido realizadas por alguno de los etarras, que la fotograf¨ªa pertenezca efectivamente al concejal Pezzi, o que las direcciones mencionadas correspondan al domicilio y lugar de trabajo de la v¨ªctima. "M¨¢s a¨²n, por el Ministerio Fiscal se afirma que Jos¨¦ Luis Pezzi era concejal del Ayuntamiento de Nerja (...) y sin embargo, ninguna prueba se ha practicado para verificar el ejercicio de tales funciones p¨²blicas".
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