Oficinas de ahorro
El borrador de decreto establece que, adem¨¢s de dispensar medicamentos, las oficinas de farmacia de los centros de salud deben asesorar al personal sanitario y realizar trabajos como la implantaci¨®n de un sistema de detecci¨®n de reacciones adversas a los f¨¢rmacos. Para los empresarios, estas funciones s¨ª que corresponder¨ªan a lo que debe ser un servicio de farmacia de un hospital o centro de salud.En cuanto a los medios humanos de los que dispondr¨¢n los servicios de farmacia, el decreto estipula que contar¨¢n con dos farmac¨¦uticos, un t¨¦cnico o auxiliar de farmacia y otras dos personas de Servicios Generales. Los dep¨®sitos de medicamentos tendr¨¢n un farmac¨¦utico, un t¨¦cnico o auxiliar y otra persona de Servicios Generales.
Para obtener una autorizaci¨®n para este tipo de servicios bastar¨¢ con una memoria de las necesidades que se van a satisfacer, una relaci¨®n del personal t¨¦cnico y auxiliar y un plano de los locales destinados al servicio. La Secretar¨ªa General de la Conseller¨ªa de Sanidad ser¨¢ la encargada de autorizar la apertura y funcionamiento de los servicios, en un plazo de tres meses desde la presentaci¨®n de las solicitudes. El PSG-PSOE considera que un servicio de este tipo deber¨ªa resolverse mediante un concurso-oposici¨®n y no con una simple y "discrecional" autorizaci¨®n administrativa.
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