La Junta otorga una licencia de obras en M¨¢laga para amparar a un ciudadano del retraso municipal
Obras P¨²blicas intervino para "satisfacer las aspiraciones leg¨ªtimas de los administrados"
La Consejer¨ªa de Obras P¨²blicas ha hecho uso de la facultad legal que tiene para subrogarse competencias urban¨ªsticas de los ayuntamientos de la comunidad y ha otorgado una licencia de obras en M¨¢laga a petici¨®n de un ciudadano que decidi¨® pedir su amparo tras no conseguir en m¨¢s de dos a?os el permiso municipal para reformar su vivienda. No es usual que la Junta andaluza haga uso de esta facultad de subrogaci¨®n y, de hecho, fuentes municipales consultadas han estimado que es la primera vez que sucede en el Ayuntamiento de M¨¢laga.
Denuncia
El expediente en cuesti¨®n pas¨® por numerosas vicisitudes desde que, en marzo de 1997, Ignacio Hinojosa V¨¢zquez solicit¨® licencia de obras para reformar su vivienda en la barriada de Pedregalejo hasta que el pasado 3 de junio, m¨¢s de tres a?os despu¨¦s, la Comisi¨®n Provincial de Ordenaci¨®n del Territorio y Urbanismo decidi¨® intervenir ante el retraso del Ayuntamiento y la concedi¨®.La Comisi¨®n Provincial de Urbanismo ha entendido que deb¨ªa otorgar la licencia para garantizar el principio se seguridad jur¨ªdica del interesado, que desde diciembre de 1998 cumpl¨ªa todos los requisitos exigidos sin que el Ayuntamiento dictara resoluci¨®n, y teniendo en cuenta que el proyecto se ajustaba al planeamiento urban¨ªstico vigente.
La primera solicitud se present¨® el 21 de marzo de 1997 para una obra menor de reforma de la vivienda en calle Amador de los R¨ªos por un importe de 2.070.000 pesetas.
En abril, el Ayuntamiento requiri¨® a Ignacio Hinojosa el proyecto de rehabilitaci¨®n reglamentariamente visado, y en octubre la Gerencia Municipal de Urbanismo resolvi¨® aprobarla con su correspondiente liquidaci¨®n (52.110 pesetas), pero el proyecto se ampli¨® hasta 6.476.656 pesetas y el Ayuntamiento requiri¨® al interesado en noviembre una liquidaci¨®n complementaria, 124.000 pesetas, que ¨¦ste satisfizo.
Sin embargo, en febrero de 1998 la Gerencia de Urbanismo consider¨® que el tr¨¢mite deb¨ªa pasar a expediente de obra mayor porque consideraba que se hab¨ªa elevado una planta El Ayuntamiento requiri¨® nueva documentaci¨®n al interesado y le pidi¨® 534.600 pesetas para garantizar las obras de pavimentaci¨®n de aceras. El interesado cumpli¨® de nuevo todos los tr¨¢mites exigidos tanto sobre el proyecto como sobre la liquidaci¨®n de tasas. En marzo de 1999, la Gerencia de Urbanismo decide suspender las obras porque entiende que no est¨¢ suficientemente acreditada la propiedad de la vivienda, con lo que el expediente sigue sin ser resuelto.
El 19 de julio de 1999, Ignacio Hinojosa, que aseguraba haber cumplido de nuevo todos los tr¨¢mites sin que se cerrara el expediente, puso denuncia por mora en la Comisi¨®n Provincial de Urbanismo y solicit¨® a ¨¦sta que se subrogara a las competencias municipales.El art¨ªculo 9 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales atribuye a los peticionarios de licencias la facultad de acudir al amparo de las comisiones provinciales de Urbanismo cuando transcurridos los plazos previstos en cada caso, con sus correspondientes per¨ªodos de subsanaci¨®n de deficiencias, no se haya producido ninguna resoluci¨®n. Y as¨ª ha entendido la comisi¨®n que ha ocurrido en este caso.
En su resoluci¨®n de concesi¨®n de licencia, la Junta justifica su decisi¨®n en que "este mecanismo pretende satisfacer las aspiraciones leg¨ªtimas de los administrados y la plena eficacia de los principios de seguridad jur¨ªdica y celeridad, as¨ª como garantizar la obligaci¨®n de toda Administraci¨®n P¨²blica de dictar resoluci¨®n". Adem¨¢s, la comisi¨®n provincial advierte de que en los informes t¨¦cnicos se ha constatado que el proyecto en cuesti¨®n "cumpl¨ªa con las determinaciones del PGOU vigente".
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