El Poder Judicial muestra inquietud por la reforma de la Ley del Menor
El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprob¨® anoche su informe no vinculante sobre la reforma del C¨®digo Penal y la Ley Penal del Menor en relaci¨®n con los delitos de terrorismo. Respecto a esta ¨²ltima, a pesar de la "singular gravedad" del terrorismo, mostr¨® su preocupaci¨®n por que no preserve el inter¨¦s superior del menor y pide que el Juzgado Central de Menores de la Audiencia Nacional no juzgue a los menores de 16 a?os. Respecto al C¨®digo Penal, recomienda la supresi¨®n del delito de perturbaci¨®n de plenos municipales.
Inter¨¦s superior del menor
El informe parte de que las medidas legislativas contra el terrorismo "tienen como denominador com¨²n la preocupaci¨®n socialmente sentida, que este CGPJ comparte", pero recuerda que en un Estado de derecho como el espa?ol, la respuesta a la violencia terrorista "debe afrontarse desde la serenidad, partiendo en todo momento del pleno respeto a los derechos fundamentales y libertades p¨²blicas reconocidos por nuestra Constituci¨®n y por los convenios internacionales en materia de derechos humanos".Este enfoque ampara una serie de objeciones al anteproyecto de ley remitido por el ministro de Justicia, ?ngel Acebes. En algunos aspectos, el proyecto de informe de la Comisi¨®n de Estudios e Informes del CGPJ result¨® ayer endurecido en el pleno.
As¨ª ocurri¨® con la proyectada reforma del C¨®digo Penal para castigar con penas de seis meses a un a?o de c¨¢rcel las perturbaciones del orden que se produzcan en los plenos de los ayuntamientos por personas ajenas a ellos. El proyecto de informe planteaba modificar el nuevo delito. El pleno del CGPJ acord¨® suprimirlo, por estar previsto en el art¨ªculo 558 del vigente C¨®digo Penal, que castiga con pena de multa o de arrestos de fin de semana a los que "perturben gravemente el orden" en diversas instituciones, entre ellas las corporaciones locales.
El nuevo delito de apolog¨ªa del terrorismo es comprendido por el CGPJ como un deseo de dar "respuesta penal a un sentimiento social generalizado de impunidad ante determinadas conductas o actitudes alineadas con el terrorismo". As¨ª y todo, recomienda al Gobierno que sea "consciente de los problemas que esta clase de delitos ocasiona en su aplicaci¨®n, por cuanto siempre han de encuadrarse dentro de los l¨ªmites del derecho fundamental a la libertad de expresi¨®n recogido en el art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n".
El CGPJ recuerda la interpretaci¨®n del Tribunal Constitucional y menciona, entre otros p¨¢rrafos de diversas sentencias, ¨¦ste de 1987: "La manifestaci¨®n p¨²blica, en t¨¦rminos de elogio o de exaltaci¨®n, de un apoyo o solidaridad moral o ideol¨®gica con determinadas acciones terroristas, no puede ser confundida con tales actividades". De otra sentencia de 1986 recoge que "la erradicaci¨®n de la violencia terrorista (...) no autoriza, sin embargo, a alterar la esencia de un Estado democr¨¢tico".
Respecto a la proyectada modificaci¨®n de la Ley Penal del Menor, el CGPJ muestra su preocupaci¨®n por que se preserve un aspecto esencial de la misma: "el superior inter¨¦s del menor". Para ello, invoca la propia exposici¨®n de motivos de la ley que se pretende modificar y una recomendaci¨®n del Consejo de Europa de 1987, seg¨²n la cual la condici¨®n de los j¨®venes, como seres en evoluci¨®n, exige aplicarles medidas de car¨¢cter educativo.Justifica el Juzgado Central de Menores de la Audiencia Nacional para mayores de 16 a?os por "la singular gravedad" de las acciones terroristas, pero trata de paliar la excepcionalidad de este tribunal mediante mecanismos complementarios de ese juzgado, "al objeto de evitar los desplazamientos continuos de los menores desde su lugar de residencia hasta la sede del juzgado".
Tambi¨¦n propone que la nueva ley prevea que sea el propio juzgado el que se traslade al lugar de residencia del menor, para lo que deber¨¢n habilitarse medios suficientes. Otra exigencia del CGPJ es que el titular del Juzgado Central de Menores de la Audiencia Nacional sea "especialista en derecho de menores".
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