Diccionario para una cumbre
Una gu¨ªa para no perderse entre la mara?a de instituciones y conceptos que definen la casa europea de la que se habla en Niza
Los jefes de Estado o de Gobierno emplear¨¢n una serie de conceptos que, en algunos casos, son conocidos por la opini¨®n p¨²blica. En otros, se trata de t¨¦rminos usados en las instituciones europeas. - Cumbre de Niza. Cada seis meses, coincidiendo con el periodo de la presidencia de la UE, se celebra al menos una cumbre de jefes de Estado o de Gobierno. En la de Niza deben aprobarse las reformas institucionales para abordar el reto de la ampliaci¨®n de la UE.
- Pa¨ªses candidatos. La UE tiene 15 miembros. Otros 13 que son ya candidatos al ingreso. De ellos, 12 est¨¢n negociando (Polonia, Hungr¨ªa, Chequia, Eslovenia, Estonia, Chipre, Rumania, Bulgaria, Letonia, Lituania, Eslovaquia y Malta) y uno (Turqu¨ªa), a¨²n no.
- Tratado. El actual Tratado en vigor es el de ?msterdam, aprobado en 1997, y que sustituy¨® al de Maastricht. Entonces, los l¨ªderes europeos no lograron aprobar tres puntos fundamentales para encarar la ampliaci¨®n: la composici¨®n de la futura Comisi¨®n, ampliar los asuntos que se deciden por mayor¨ªa cualificada (y no por unanimidad) y una nueva adjudicaci¨®n de votos a cada pa¨ªs en el Consejo de Ministros m¨¢s acorde con el n¨²mero de habitantes de cada uno.
- Conferencia Intergubernamental. Re¨²ne a los 15 Gobiernos para reformar el Tratado. Convocada en diciembre pasado en la cumbre de Helsinki, ha consumido m¨¢s de 325 horas de reuniones de expertos o de ministros. Su objetivo ha consistido en aproximar posiciones sobre la reforma institucional.
- Consejo Europeo. Lo forman los 15 jefes de Estado o de Gobierno de la UE. Es el m¨¢ximo ¨®rgano pol¨ªtico, aunque no tiene capacidad para tomar decisiones jur¨ªdicas. En el Consejo Europeo no se vota. Se llega a acuerdos pol¨ªticos por unanimidad que luego son puestos en marcha por los Consejos de Ministros sectoriales.
- Comisi¨®n Europea. Es el organismo m¨¢s original de la construcci¨®n europea. Sin ser un Ejecutivo en el sentido cl¨¢sico, aplica las pol¨ªticas comunitarias, es el guardi¨¢n de los tratados y por tanto vela por que se respeten y tiene la exclusiva de la iniciativa legislativa. Hoy la forman 20 comisarios, incluido el presidente, el italiano Romano Prodi. Cada uno de los cinco mayores pa¨ªses (Alemania, Francia, Reino Unido, Italia y Espa?a) tiene dos comisarios. Los otros 10 pa¨ªses tienen un comisario cada uno. En Niza debe decidirse si se pasa al sistema de un solo comisario por pa¨ªs o se establece un tope aunque no todos los pa¨ªses tengan un comisario.
- Consejo de Ministros. Lo forman los ministros de cada ramo cuando se re¨²nen para tratar los asuntos de su competencia. Los m¨¢s importantes son los consejos de Asuntos Generales (ministros de Exteriores) y Ecofin (ministros de Econom¨ªa y Finanzas). El secretario general del Consejo y alto representante para la Pol¨ªtica Exterior y de Seguridad Com¨²n es Javier Solana.
- Parlamento Europeo. Formado por 626 eurodiputados elegidos por sufragio universal directo cada cinco a?os. Cada pa¨ªs, seg¨²n su poblaci¨®n, tiene un determinado n¨²mero de eurodiputados. El Tratado de ?msterdam fija en 700 el m¨¢ximo de eurodiputados incluso cuando se produzca la ampliaci¨®n. Por eso, en Niza se decidir¨¢ un nuevo reparto de esca?os.
- Tribunal de Justicia. Lo integran 15 magistrados, uno por cada Estado, y ocho abogados generales. Entre ellos mismos eligen al presidente, cargo que hoy ocupa el espa?ol Carlos Rodr¨ªguez Iglesias. En 1989 se cre¨® tambi¨¦n el Tribunal de Primera Instancia para descargar de trabajo al tribunal. En Niza se decidir¨¢ si se ampl¨ªa el n¨²mero de magistrados tras la ampliaci¨®n.
- Tribunal de Cuentas. Asegura el control de las cuentas comunitarias. Hoy est¨¢ formado por un representante por cada Estado miembro. En Niza se decidir¨¢ si se mantiene ese sistema o se fija un n¨²mero m¨¢ximo de miembros.
- Comit¨¦ Econ¨®mico y Social. Es un ¨®rgano de consulta formado ahora por 222 miembros (entre 6 y 24 por cada pa¨ªs). En Niza se acordar¨¢ cu¨¢l debe ser el m¨¢ximo de miembros tras la ampliaci¨®n. Francia propone 280, en cuyo caso los actuales pa¨ªses de la UE tendr¨¢n que disminuir sus representaciones.
- Comit¨¦ de las Regiones. Formado por representantes de las regiones de la UE, est¨¢ integrado por 222 miembros, m¨¢s otros tantos suplentes. Francia propone que, tras la ampliaci¨®n, el n¨²mero m¨¢ximo de integrantes sea de 350.
- Reponderaci¨®n del voto. En el seno del Consejo de Ministros, los cuatro grandes pa¨ªses de la UE (Alemania, Francia, Reino Unido e Italia) tienen 10 votos cada uno; Espa?a, 8; Holanda, Grecia, B¨¦lgica y Portugal, 5 cada uno; Suecia y Austria, 4; Dinamarca, Finlandia e Irlanda, 3, y Luxemburgo, 2. En Niza, y ante la prevista ampliaci¨®n, se decidir¨¢ una reponderaci¨®n del voto de modo que haya una mejor relaci¨®n entre n¨²mero de habitantes por pa¨ªs y votos que tendr¨¢ en el Consejo. Se busca una f¨®rmula pol¨ªtica, no directamente aritm¨¦tica. Si as¨ª fuera, Alemania, con 82 millones de habitantes, tendr¨ªa un peso exagerado ante un pa¨ªs como Luxemburgo, con 429.000 habitantes.
- Mayor¨ªa cualificada. Hoy, casi el 80% de las cuestiones pueden aprobarse por mayor¨ªa cualificada, fijada en al menos 62 de los 87 votos repartidos en el Consejo. Esos 62 votos representan, como m¨ªnimo, al 58% de la poblaci¨®n de la UE. Por el contrario, 26 votos, que representan como m¨ªnimo el 12% de la poblaci¨®n, pueden bloquear un acuerdo. Tres pa¨ªses de los cuatro grandes, por tanto, siempre pueden bloquear una decisi¨®n.
- Unanimidad. Actualmente, todav¨ªa hay unas 70 cuestiones sobre las que s¨®lo pueden ser adoptadas decisiones por unanimidad y, por tanto, cualquier pa¨ªs puede hacer uso del derecho a veto. La mayor¨ªa de pa¨ªses quiere reducir esa cifra a una treintena de casos. Las posiciones cerradas de varios pa¨ªses har¨¢n imposible abandonar la cultura del veto en asuntos relacionados con la fiscalidad, la Seguridad Social, el comercio exterior, la inmigraci¨®n y la cohesi¨®n.
- Codecisi¨®n. Es el procedimiento por el que el Consejo y el Parlamento pueden llegar incluso a reuniones de conciliaci¨®n en caso de discrepancias. Las propuestas de la Comisi¨®n pueden ser rechazadas si no hay acuerdo entre ambas instituciones. El Parlamento quiere que Niza deje sentado que todo lo que puede aprobarse por mayor¨ªa cualificada debe estar sometido tambi¨¦n al sistema de codecisi¨®n.
- Cooperaciones reforzadas. Es el mecanismo por el que varios Estados pueden ponerse de acuerdo para avanzar m¨¢s r¨¢pidamente que otros en las ¨¢reas que lo deseen. Ejemplo: la moneda ¨²nica. El Tratado de ?msterdam ya incluy¨® esa posibilidad, pero en Niza se decidir¨¢ facilitar las condiciones para crear una cooperaci¨®n reforzada. Francia propone que s¨®lo ocho pa¨ªses puedan emprender esa v¨ªa, sin que otro pueda vetar la iniciativa.
- Carta de Derechos Fundamentales. Texto de 54 art¨ªculos en el que se recogen los principios b¨¢sicos comunes al ciudadano europeo. Para muchos, se trata del embri¨®n de la futura Constituci¨®n europea. Aprobado este oto?o, el documento ha sido elaborado por representantes de la Euroc¨¢mara, los Parlamentos nacionales, los Gobiernos de los Quince y la Comisi¨®n. Frente al deseo del Parlamento y de varios Estados, la Carta no se incorporar¨¢ al nuevo Tratado, por lo que, de momento, no tendr¨¢ fuerza jur¨ªdica. El Consejo de Niza se limitar¨¢ a proclamarla.
- Art¨ªculo 7. El actual art¨ªculo 7 del Tratado prev¨¦ la imposici¨®n de sanciones, por ejemplo eliminar el derecho de voto, a pa¨ªses de la UE que violen de forma grave y reiterada derechos fundamentales de la Uni¨®n. Su prevista reforma incluir¨¢ mecanismos de prevenci¨®n, como la apertura de consultas con el pa¨ªs sospechoso antes de imponer sanciones.
- Cuestiones post Niza. Las conclusiones de la cumbre incluir¨¢n cuestiones vitales que la UE deber¨¢ acometer en los pr¨®ximos a?os. Destaca el reparto de competencias entre las instituciones de la UE y los Estados, y entre ¨¦stos y las regiones. Tambi¨¦n la incorporaci¨®n futura de la Carta de Derechos al Tratado, y la simplificaci¨®n de los textos institucionales de la Uni¨®n.
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