El gasto farmac¨¦utico y los precios de referencia
El viernes 1 de diciembre entr¨® en vigor el decreto de precios de referencia. El aumento progresivo, por encima del IPC, de la factura farmac¨¦utica obliga a tomar medidas para contener el gasto, y la aplicaci¨®n de los precios de referencia es una de ellas, que afortunadamente no se basa en el recorte de la prestaci¨®n sanitaria. En 1999, la factura farmac¨¦utica fue un 9,95% superior a la de 1998, y el Sistema Nacional de Salud (SNS) financi¨® con 1.041.035 millones de pesetas el gasto efectuado a trav¨¦s de las recetas dispensadas por las farmacias. Este a?o, la situaci¨®n no mejora, ya que en julio, por primera vez, se han superado los 100.000 millones de gasto en un solo mes.Los fundamentos para la regulaci¨®n del sistema de precios de referencia se encuentran en el art¨ªculo 94.6 de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, y en la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, que a?ade al citado apartado un tercer p¨¢rrafo en el que se determina que el farmac¨¦utico debe sustituir la especialidad farmac¨¦utica prescrita cuando ¨¦sta supere la cuant¨ªa establecida como precio de referencia, excepto si el beneficiario opta expl¨ªcitamente por aqu¨¦lla.
El a?o pasado, por fin, se aprob¨® el RD 1.035/1999, por el que se regula el sistema de precios de referencia, y el 13 de julio de este a?o, la orden ministerial por la que se determinan los conjuntos homog¨¦neos de presentaciones farmac¨¦uticas y se aprueban los precios de referencia. Se considera precio de referencia la cuant¨ªa m¨¢xima que se financiar¨¢ con cargo a los fondos del SNS de las presentaciones de especialidades farmac¨¦uticas incluidas en cada uno de los conjuntos homog¨¦neos establecidos.
Desde el 1 de diciembre, cuando la especialidad farmac¨¦utica bioequivalente prescrita supera la cuant¨ªa establecida como precio de referencia, el farmac¨¦utico debe sustituirla por una especialidad farmac¨¦utica gen¨¦rica del mismo conjunto homog¨¦neo cuyo precio no supere al de referencia. Si el paciente no acepta la sustituci¨®n y no tiene un informe m¨¦dico que lo justifique, deber¨¢ abonar la diferencia.
La entrada en vigor del decreto de los precios de referencia, con el apoyo al uso de gen¨¦ricos, es un avance que mejora la eficiencia del sistema sanitario, aunque con limitaciones, ya que no se comprende la timidez del decreto a la hora de establecer los precios, que no son los m¨ªnimos, sino que se establecen mediante una compleja f¨®rmula -que se detalla en el art¨ªculo 2-, suma ponderada seg¨²n los consumos y precios de los ¨²ltimos 12 meses. Un acto de respeto, tal y como se recoge en su redactado, hacia la industria farmac¨¦utica: "Los equilibrados criterios establecidos para su c¨¢lculo e implantaci¨®n, en los que se tienen en cuenta las caracter¨ªsticas espec¨ªficas del mercado espa?ol, evitan los posibles efectos negativos que este sistema de financiaci¨®n pudiera suponer al sector farmac¨¦utico". No encontramos justificaci¨®n para que la Administraci¨®n sanitaria pague m¨¢s por lo mismo.
Adem¨¢s, no debemos confiarnos en que esta medida sea la panacea. La tendencia de la industria farmac¨¦utica es la de sacar al mercado variaciones de f¨¢rmacos ya comercializados, hecho que, con una pol¨ªtica comercial agresiva, hace que el nuevo medicamento arrincone al viejo (?gen¨¦rico?). No olvidemos que la investigaci¨®n cl¨ªnica est¨¢ bajo su control, promocionando m¨¢s del 90% de los ensayos cl¨ªnicos presentados, y que ¨¦sta no tiene la obligaci¨®n de publicar los resultados obtenidos.
La inexcusable retirada del mercado espa?ol de medicamentos de alto valor terap¨¦utico y bajo coste, como es el caso de Esidrex, diur¨¦tico que se asocia frecuentemente a enalapril y captopril, incluidos en la lista de la orden ministerial, puede hacer inviable en algunos casos la utilizaci¨®n de ¨¦stos y obligar al m¨¦dico a prescribir especialidades que contengan dicha asociaci¨®n, opci¨®n m¨¢s cara que la anterior.
Existen demasiados intereses para que la aplicaci¨®n del decreto de precios de referencia sea f¨¢cil. El encarecimiento de los nuevos medicamentos y el aumento constante del gasto farmac¨¦utico son un problema importante, que debe exigir una mayor atenci¨®n de las administraciones sanitarias: deben vigilar y evitar el trasvase de prescripciones hacia los medicamentos que con similar actividad terap¨¦utica sean m¨¢s costosos
Para contener el gasto farmac¨¦utico de forma eficiente es necesario modificar y racionalizar el sistema de prescripci¨®n-dispensaci¨®n. Los centros de atenci¨®n primaria deben reestructurarse para poder ser verdaderos centros de salud, no centros expendedores de recetas. Se debe poder informar al paciente sobre salud y medicamentos, y las farmacias deben colaborar en esa tarea. El farmac¨¦utico, como profesional integrado en el Sistema Nacional de Salud, deber¨ªa estar remunerado por su papel como asesor y dispensador de medicamentos, colaborando en programas sanitarios de atenci¨®n al paciente, y no tan s¨®lo en base a lo que vende.
Lourdes Girona es farmac¨¦utica y miembro de la Junta Directiva de la Federaci¨®n de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad P¨²blica.
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