Historia de una muerte anunciada
La entrada en vigor de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) el pr¨®ximo 8 de enero puede ser el siniestro total del Plan de Choque del ministro de Justicia, se?or Acebes, y m¨¢xima expresi¨®n del desaprovechamiento y no optimizaci¨®n del factor humano en la justicia espa?ola. Faltan jueces; muchos de los que tenemos se ven obligados a trabajar por las tardes y al Ejecutivo y Legislativo no se les ocurre otra cosa que transferirles las funciones de impulso procesal que tenemos los secretarios judiciales desde la LOPJ de 1985. Para m¨¢s inri, se fundamenta tama?a torpeza en un argumento insultante por incierto, al afirmar la Exposici¨®n de Motivos de esta LEC que la intervenci¨®n del Secretariado en
el proceso creaba contradicci¨®n con la judicatura, confusi¨®n e inseguridad jur¨ªdica. Bastaba con apostar por este modelo, sin necesidad de ofender a un cuerpo de funcionarios/as que, ejerciendo estas facultades, hemos contribuido a incrementar la capacidad de respuesta de los ¨®rganos judiciales, por tan elemental y l¨®gica raz¨®n como posibilitar que los jueces concentraran su atenci¨®n en los cometidos m¨¢s trascendentales del proceso, como el juicio y, sobre todo, la sentencia.
Pero este desprop¨®sito no queda aqu¨ª. Los jueces, con la nueva LEC, adem¨¢s de pasarse toda la ma?ana celebrando juicios orales, cumplir con las tareas transferidas de admisi¨®n de demandas, autos de adjudicaci¨®n, incidencias de la ejecuci¨®n, toda la jurisdicci¨®n voluntaria, e, ineludiblemente, dictar sentencias, tendr¨¢n que tramitar el proceso monitorio. Nuevo procedimiento r¨¢pido para reclamaciones de hasta cinco millones de pesetas que, frente al modelo comunitario dominante que atribuye su llevanza al secretario, la LEC espa?ola le coloca el marr¨®n a sus se?or¨ªas.
Si a los/as secretarios judiciales se nos despoja de funciones de impulso procesal, nuestro cometido como fedatarios p¨²blicos queda minimizado por las filmaciones y registros sonoros de los juicios que inaugura la nueva ley, nuestras diligencias de ordenaci¨®n figuran modeladas en el programa inform¨¢tico, el horario es controlado mec¨¢nicamente y del material se ocupan las gerencias territoriales, ?es l¨®gico, acertado e inteligente que una empresa, Justicia Espa?ola, SA, con grav¨ªsimos d¨¦ficit de producci¨®n -dos millones de asuntos pendientes de resolver-, se permita el lujo de tener en su n¨®mina a 3.000 titulados superiores con un programa de acceso similar a jueces y fiscales, cuyo principal y casi ¨²nico cometido efectivo sea la llevanza de la Cuenta de Consignaciones del Juzgado, el cobro de tasas y la custodia de cintas de v¨ªdeo, mientras los jueces revientan de puro empacho con tanta faena? Estamos convencidos de que a los contribuyentes les parecer¨¢ un dislate escandaloso.
Los/as secretarios judiciales confiamos en que imperar¨¢n la cordura y la responsabilidad de quienes pueden evitar la debacle que los/as que conocemos la realidad de la justicia espa?ola tememos que se pueda producir con la nueva LEC.-
el proceso creaba contradicci¨®n con la judicatura, confusi¨®n e inseguridad jur¨ªdica. Bastaba con apostar por este modelo, sin necesidad de ofender a un cuerpo de funcionarios/as que, ejerciendo estas facultades, hemos contribuido a incrementar la capacidad de respuesta de los ¨®rganos judiciales, por tan elemental y l¨®gica raz¨®n como posibilitar que los jueces concentraran su atenci¨®n en los cometidos m¨¢s trascendentales del proceso, como el juicio y, sobre todo, la sentencia.
Pero este desprop¨®sito no queda aqu¨ª. Los jueces, con la nueva LEC, adem¨¢s de pasarse toda la ma?ana celebrando juicios orales, cumplir con las tareas transferidas de admisi¨®n de demandas, autos de adjudicaci¨®n, incidencias de la ejecuci¨®n, toda la jurisdicci¨®n voluntaria, e, ineludiblemente, dictar sentencias, tendr¨¢n que tramitar el proceso monitorio. Nuevo procedimiento r¨¢pido para reclamaciones de hasta cinco millones de pesetas que, frente al modelo comunitario dominante que atribuye su llevanza al secretario, la LEC espa?ola le coloca el marr¨®n a sus se?or¨ªas.
Si a los/as secretarios judiciales se nos despoja de funciones de impulso procesal, nuestro cometido como fedatarios p¨²blicos queda minimizado por las filmaciones y registros sonoros de los juicios que inaugura la nueva ley, nuestras diligencias de ordenaci¨®n figuran modeladas en el programa inform¨¢tico, el horario es controlado mec¨¢nicamente y del material se ocupan las gerencias territoriales, ?es l¨®gico, acertado e inteligente que una empresa, Justicia Espa?ola, SA, con grav¨ªsimos d¨¦ficit de producci¨®n -dos millones de asuntos pendientes de resolver-, se permita el lujo de tener en su n¨®mina a 3.000 titulados superiores con un programa de acceso similar a jueces y fiscales, cuyo principal y casi ¨²nico cometido efectivo sea la llevanza de la Cuenta de Consignaciones del Juzgado, el cobro de tasas y la custodia de cintas de v¨ªdeo, mientras los jueces revientan de puro empacho con tanta faena? Estamos convencidos de que a los contribuyentes les parecer¨¢ un dislate escandaloso.
Los/as secretarios judiciales confiamos en que imperar¨¢n la cordura y la responsabilidad de quienes pueden evitar la debacle que los/as que conocemos la realidad de la justicia espa?ola tememos que se pueda producir con la nueva LEC.-
el proceso creaba contradicci¨®n con la judicatura, confusi¨®n e inseguridad jur¨ªdica. Bastaba con apostar por este modelo, sin necesidad de ofender a un cuerpo de funcionarios/as que, ejerciendo estas facultades, hemos contribuido a incrementar la capacidad de respuesta de los ¨®rganos judiciales, por tan elemental y l¨®gica raz¨®n como posibilitar que los jueces concentraran su atenci¨®n en los cometidos m¨¢s trascendentales del proceso, como el juicio y, sobre todo, la sentencia.
Pero este desprop¨®sito no queda aqu¨ª. Los jueces, con la nueva LEC, adem¨¢s de pasarse toda la ma?ana celebrando juicios orales, cumplir con las tareas transferidas de admisi¨®n de demandas, autos de adjudicaci¨®n, incidencias de la ejecuci¨®n, toda la jurisdicci¨®n voluntaria, e, ineludiblemente, dictar sentencias, tendr¨¢n que tramitar el proceso monitorio. Nuevo procedimiento r¨¢pido para reclamaciones de hasta cinco millones de pesetas que, frente al modelo comunitario dominante que atribuye su llevanza al secretario, la LEC espa?ola le coloca el marr¨®n a sus se?or¨ªas.
Si a los/as secretarios judiciales se nos despoja de funciones de impulso procesal, nuestro cometido como fedatarios p¨²blicos queda minimizado por las filmaciones y registros sonoros de los juicios que inaugura la nueva ley, nuestras diligencias de ordenaci¨®n figuran modeladas en el programa inform¨¢tico, el horario es controlado mec¨¢nicamente y del material se ocupan las gerencias territoriales, ?es l¨®gico, acertado e inteligente que una empresa, Justicia Espa?ola, SA, con grav¨ªsimos d¨¦ficit de producci¨®n -dos millones de asuntos pendientes de resolver-, se permita el lujo de tener en su n¨®mina a 3.000 titulados superiores con un programa de acceso similar a jueces y fiscales, cuyo principal y casi ¨²nico cometido efectivo sea la llevanza de la Cuenta de Consignaciones del Juzgado, el cobro de tasas y la custodia de cintas de v¨ªdeo, mientras los jueces revientan de puro empacho con tanta faena? Estamos convencidos de que a los contribuyentes les parecer¨¢ un dislate escandaloso.
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