El Supremo rechaza el reingreso de Lia?o en la carrera judicial porque el indulto vulnera la ley
El Gobierno estudia plantear un conflicto de jurisdicci¨®n contra la Sala de lo Penal
La Sala Penal del Tribunal Supremo rechaz¨® ayer aplicar el indulto concedido por el Gobierno al ex juez prevaricador Javier G¨®mez de Lia?o en lo que se refiere a su reingreso inmediato en la carrera judicial, 'por entender que no se ajusta a las exigencias legales'. Los 14 magistrados que conforman la c¨²pula de la jurisdicci¨®n penal espa?ola acordaron, por mayor¨ªa de ocho votos frente a seis, que G¨®mez de Lia?o, condenado a 15 a?os de inhabilitaci¨®n especial y expulsado de la carrera por un delito de prevaricaci¨®n continuada en la instrucci¨®n del caso Sogecable, no puede volver a ser juez porque el real decreto del Consejo de Ministros vulnera la Ley de Indulto de 1870.
El Gobierno reaccion¨® cuatro horas despu¨¦s con una nota del Ministerio de Justicia en la que el departamento que dirige ?ngel Acebes anuncia que el Ejecutivo no descarta interponer un conflicto de jurisdicci¨®n contra el Tribunal Supremo. El PSOE, que hab¨ªa llevado al Congreso la concesi¨®n de este indulto por entender que no se ajusta a la ley, exige ahora al Gobierno que asuma sus responsabilidades al haber sido reprobado por el Tribunal Supremo. Todas las asociaciones de jueces y fiscales expresaron su satisfacci¨®n por la resoluci¨®n de la Sala, con la excepci¨®n de la conservadora Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura.
Lia?o muestra su 'sorpresa' y alega que la gracia que le dio el Ejecutivo no es 'revisable ni fiscalizable'
Tras m¨¢s de tres horas de reuni¨®n en el Palacio de las Salesas, el presidente de la Sala de lo Penal, Luis Rom¨¢n Puerta Luis, hizo p¨²blica una nota en la que explica la resoluci¨®n de los 14 magistrados: 'La Sala Segunda del Tribunal Supremo, reunida como Sala General en el d¨ªa de hoy, ha acordado por mayor¨ªa de ocho votos contra seis, que no procede aplicar el indulto concedido al se?or G¨®mez de Lia?o en los t¨¦rminos literales en que se contiene y espec¨ªficamente en relaci¨®n con el reintegro inmediato en la carrera judicial, por entender que no se ajusta a las exigencias legales. Los argumentos del voto minoritario se har¨¢n constar mediante voto particular en la resoluci¨®n que adopte la Sala'.
El criterio de la Sala General ser¨¢ asumido ahora por el tribunal sentenciador que tiene que aplicar el indulto, integrado por tres magistrados: Luis Rom¨¢n Puerta Luis, presidente de la Sala de lo Penal, Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn, magistrado que redactar¨¢ la resoluci¨®n y Enrique Bacigalupo. Tal como anuncia la nota, la resoluci¨®n contendr¨¢ el voto particular de los seis magistrados que quedaron en minor¨ªa y que ser¨¢ redactado por el presidente Luis Rom¨¢n Puerta, que form¨® parte de la minor¨ªa disidente.
Seg¨²n fuentes judiciales, los ocho magistrados que se pronunciaron en contra de reintegrar a Lia?o a la carrera judicial fueron Enrique Bacigalupo, Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn, C¨¢ndido Conde-Pumpido, Joaqu¨ªn Jim¨¦nez, Perfecto Andr¨¦s Ib¨¢?ez, Carlos Granados, Andr¨¦s Mart¨ªnez Arrieta y Juan Saavedra. Los seis magistrados disidentes, partidarios de 'cumplir en sus propios t¨¦rminos el indulto del Gobierno', fueron el presidente Luis Rom¨¢n Puerta, Roberto Garc¨ªa Calvo, Adolfo Prego, Joaqu¨ªn Delgado, Juli¨¢n S¨¢nchez-Melgar y Jos¨¦ Antonio Mara?¨®n Ch¨¢varri.
El ex juez mostr¨® ayer su sorpresa por la decisi¨®n del Supremo, alegando que la medida de gracia no es 'revisable ni fiscalizable'. G¨®mez de Lia?o declar¨® a Efe que esperar¨¢ a conocer la resoluci¨®n 'para ver si es una sorpresa fundada o no justificada', pero agreg¨®: 'He aplicado muchos indultos en mi ¨¦poca de magistrado de la Audiencia Nacional y nunca he conocido un supuesto en el que se cuestionara esta facultad del Gobierno'.
La resoluci¨®n del Supremo, que se conocer¨¢ esta semana, ser¨¢ notificada al Ejecutivo, al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y al propio indultado.
La notificaci¨®n al CGPJ tiene por objeto que el ¨®rgano de Gobierno de los jueces anote que Lia?o ha sido indultado de los alrededor de 14 a?os de inhabilitaci¨®n especial que le faltaban por cumplir de la pena de 15 a?os de inhabilitaci¨®n. Dado que el alto tribunal considera que no se le puede reintegrar a la carrera judicial, el CGPJ previsiblemente se limitar¨¢ a dar cumplimiento a la resoluci¨®n de la Sala.
La parte del indulto aplicado ayer implica que dentro de cinco a?os, si no vuelve a delinquir, Lia?o tendr¨¢ derecho a la cancelaci¨®n de sus antecedentes penales y podr¨¢ optar a reingresar en la Judicatura realizando una nueva oposici¨®n o pidiendo su acceso por el turno reservado a juristas.
Las fuentes consultadas se inclinaban ayer por la posibilidad de que Lia?o pueda recurrir en s¨²plica ante el propio tribunal sentenciador. Dichas fuentes divergen sobre si podr¨ªa acudir o no al Constitucional en caso de que este recurso fuese desestimado
El Ejecutivo reaccion¨® ayer con cautela a la espera de conocer el texto de la resoluci¨®n, pero sin descartar que ejercite un conflicto de jurisdicci¨®n contra el Supremo.
La nota del Ministerio de Justicia se refer¨ªa al ex juez como 'uno de los 1.443 beneficiarios de la medida de gracia' adoptada por el gobierno y a?ad¨ªa:
'El Gobierno quiere dejar patente, como siempre lo ha hecho, su respeto por las decisiones que adoptan jueces y tribunales, sean cuales fueren. Antes de hacer cualquier valoraci¨®n, el Ejecutivo quiere esperar a conocer ¨ªntegramente el contenido de la resoluci¨®n para pronunciarse sobre la decisi¨®n adoptada por la Sala Segunda del Tribunal Supremo'.
'Como consecuencia del examen que se realice, y dado que en nuestro ordenamiento jur¨ªdico existen cauces para resolver conflictos jurisdiccionales que se planteen entre los poderes del Estado, el Gobierno adoptar¨¢ las acciones que resulten pertinentes para cumplir con la obligaci¨®n que tiene encomendada en defensa de sus competencias, y como en este caso, aquellas que tienen que ver con el ejercicio del derecho de gracia. De este modo, la defensa de estas competencias se desarrollar¨¢ en el marco normal de nuestro ordenamiento jur¨ªdico y a trav¨¦s de los procedimientos en ¨¦l establecidos'.
El conflicto de jurisdicci¨®n al que se refiere Justicia est¨¢ previsto en el art¨ªculo 38 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, que encomienda su resoluci¨®n a un ¨®rgano colegiado constituido por el presidente del Supremo, dos magistrados de la Sala de lo Contencioso del Supremo y tres consejeros permanentes de Estado.
El debate celebrado ayer por los 14 magistrados discurri¨® por cauces de cordialidad y sin sorpresas. El presidente de la Sala, Luis Rom¨¢n Puerta, abri¨® las intervenciones planteando si la Sala de lo Penal era la competente para ejercer el control de legalidad sobre el indulto, o si ¨¦ste deb¨ªa ser ejercido por la jurisdicci¨®n contencioso administrativa. que ejerce el control sobre los reales decretos.
La Sala general acord¨®, por 10 votos a cuatro (los de Rom¨¢n Puerta, Garc¨ªa Calvo, Prego y Delgado) que la Sala de lo Penal era la competente para pronunciarse. Fracasado el intento de reconducir el asunto a la jurisdicci¨®n de lo contencioso, los seis magistrados de la minor¨ªa criticaron por 'obsoleta' la Ley de Indulto y propusieron aplicar la voluntad del Gobierno 'en sus propios t¨¦rminos'. Sin embargo, la mayor¨ªa adujo que ¨¦ste ha perdido ya su condici¨®n de juez, por lo que la pena ya ha sido cumplida y no puede ser indultada.
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