El Supremo condena a tres a?os de c¨¢rcel por cohecho al senador Dimas Mart¨ªn
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de tres a?os de prisi¨®n y 30 millones de pesetas impuesta al senador Dimas Mart¨ªn Mart¨ªn por un delito de cohecho consistente en la compra de un voto de un concejal del PP de Arrecife de Lanzarote por 12 millones de pesetas, para conseguir la alcald¨ªa de esa localidad para el Partido de los Independientes de Lanzarote (PIL). La condena le suspende para ejercer todo cargo p¨²blico representativo, por lo que tendr¨¢ que dejar su esca?o en el Senado.
El alto tribunal ha apreciado adem¨¢s que Dimas Mart¨ªn es reincidente, pues ya fue condenado en 1993 por otro delito de cohecho cometido cuando ejerc¨ªa como concejal del Ayuntamiento de Teguise (Lanzarote), y era presidente del cabildo insular, a dos meses de arresto y seis a?os de inhabilitaci¨®n.
El Supremo ratifica que Dimas Mart¨ªn negoci¨® con Juan Carlos Hern¨¢ndez Cabrera, concejal del PP del Ayuntamiento de Arrecife, que ¨¦ste se abstuviera de votar en el pleno de constituci¨®n de la corporaci¨®n, a fin de que el PIL, que hab¨ªa obtenido 10 concejales, pudiera alcanzar la alcald¨ªa.
A cambio, Dimas Mart¨ªn ofreci¨® al concejal del PP Hern¨¢ndez Cabrera un total de 12 millones de pesetas, pagaderas anualmente a raz¨®n de tres millones, cada mes de junio de esa legislatura.
Hern¨¢ndez Cabrera tambi¨¦n ha sido condenado por el Supremo, por un delito de cohecho, a un a?o y seis meses de prisi¨®n, inhabilitaci¨®n especial para cargo p¨²blico representativo por tiempo de ocho a?os y 15 millones de pesetas de multa.
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn, explica que en un sistema democr¨¢tico representativo 'no hay espacio posible para la corrupci¨®n que supone la compra de los votos de los representantes elegidos en funci¨®n de un ideario o programa previo ofrecido con lealtad y compromiso a los electores'.
La sentencia aplica al senador del PIL el antiguo C¨®digo Penal de 1973 al considerarlo m¨¢s favorable para el reo 'ya que permite la aplicaci¨®n de beneficios penitenciarios como la redenci¨®n de penas por el trabajo', y la franja punitiva es inferior a la del C¨®digo de 1995.
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