El Gobierno decide plantear conflicto al Supremo por el indulto a Lia?o
El real decreto de indulto contemplaba el reingreso en la carrera judicial de Lia?o, pero la Sala Segunda del Tribunal Supremo, en el auto de ejecuci¨®n de la medida de gracia, se?alaba que el perd¨®n s¨®lo alcanzaba a la pena de inhabilitaci¨®n que le faltaba por cumplir, pero no a las penas ya cumplidas por el condenado, como la p¨¦rdida definitiva del cargo o la multa impuesta que ya fue satisfecha en su momento.
El Ejecutivo ha alegado que interpondr¨¢ el conflicto jurisdiccional 'en defensa de la competencia que constitucional y legalmente le corresponde para el ejercicio del derecho de gracia', y 'para evitar la interferencia en las respectivas competencias de los distintos ¨®rganos del Estado'.
El conflicto de jurisdicci¨®n es el mecanismo previsto en la ley para que la Administraci¨®n y los tribunales reclamen las competencias que les son propias. En este caso es el Gobierno el que reclama al Supremo la competencia para ejercer el derecho de gracia con plenitud y en los propios t¨¦rminos de la resoluci¨®n.
El auto neg¨® el conflicto
El auto de ejecuci¨®n del indulto, dictado por la Sala Segunda, se anticipaba a la decisi¨®n gubernamental y se?alaba que no exist¨ªa conflicto de jurisdicci¨®n posible, puesto que el Supremo reconoce al Gobierno su competencia exclusiva para ejercitar las medidas de gracia, y a su vez el Ejecutivo reconoc¨ªa al tribunal sentenciador la competencia para ejecutar la medida, lo que se deduc¨ªa de que Justicia hubiera remitido el real decreto a la Sala Segunda para su aplicaci¨®n.
Justicia, tras la decisi¨®n del Consejo de Ministros, deber¨¢ solicitar al Supremo que se inhiba en el caso, expresando los preceptos legales que sean de aplicaci¨®n al caso y aquellos en que se apoye para reclamar el conocimiento del asunto. Si el Supremo decide mantener su jurisdicci¨®n oficiar¨¢ a Justicia anunci¨¢ndole que el conflicto est¨¢ planteado y remitiendo las actuaciones al Tribunal de Conflictos.
El citado Tribunal est¨¢ integrado en este caso por el presidente del Tribunal Supremo, Javier Delgado, que tendr¨¢ voto de calidad en caso de empate, los magistrados de lo contencioso del Supremo Pedro Antonio Mateos y Rodolfo Soto, y los consejeros permanentes de Estado Jos¨¦ Luis Manzanares, Miguel Vizca¨ªno y Antonio P¨¦rez-Tenessa.
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