Anuladas todas las medidas que discriminan el castellano en la Universidad de Tarragona
El Tribunal Superior de Catalu?a rechaza las normas que imponen el uso exclusivo del catal¨¢n
El tribunal ha aceptado, en cambio, el recurso presentado por la Universidad Pompeu Fabra (UPF) de Barcelona contra la resoluci¨®n de otro juez que suspendi¨® cautelarmente la totalidad de las medidas para la regulaci¨®n y fomento del uso del catal¨¢n. Los magistrados mantienen en este caso la suspensi¨®n cautelar en s¨®lo tres art¨ªculos y no se pronuncia sobre el fondo.
A juicio de la Secci¨®n Quinta del citado tribunal, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Tarragona se qued¨® corto al anular nueve apartados del reglamento de la URV y ampl¨ªa la medida a 16, de un total de 30, 'por disponer el uso del catal¨¢n de forma imperativa, sin dejar margen a la otra lengua oficial'. Con esta sentencia, el tribunal resuelve el recurso interpuesto por las asociaciones Convivencia C¨ªvica Catalana y Profesores para la Democracia, vinculadas al eurodiputado del PP Aleix Vidal-Quadras. La URV anunci¨® ayer que modificar¨¢ el contenido del redactado y lo someter¨¢ a nueva aprobaci¨®n en el pr¨®ximo claustro del mes de mayo, aunque estudiar¨¢ la presentaci¨®n de un recurso de casaci¨®n ante el Supremo.
Los magistrados parten de las resoluciones del Constitucional y del Supremo por las cuales 'la imposici¨®n del uso de una de las lenguas oficiales, con exclusi¨®n de la otra, es disconforme con el ordenamiento jur¨ªdico'. Siguiendo este precepto realiza un exhaustivo estudio del reglamento de la URV, que consta de siete art¨ªculos. La sentencia anula tres en casi su totalidad: los referidos a usos ling¨¹¨ªsticos internos, los externos y las actividades acad¨¦micas. En este ¨²ltimo apartado se exig¨ªa acreditar un nivel suficiente de catal¨¢n como requisito para la contrataci¨®n de nuevos docentes.
El alto tribunal considera que estos art¨ªculos 'disponen del uso del catal¨¢n de forma imperativa, sin dejar margen de actuaci¨®n a la otra lengua oficial. Se apartan de lo dispuesto en la Ley de Pol¨ªtica Ling¨¹¨ªstica y de la doctrina constitucional y deben ser declarados nulos de pleno derecho'.
Los jueces se muestran conformes con la sentencia de primera instancia que reprochaba el uso del t¨¦rmino 'dominio ling¨¹¨ªstico catal¨¢n' para referirse a los territorios en los que el catal¨¢n es lengua oficial y recomienda el uso de '¨¢mbito ling¨¹¨ªstico catal¨¢n'. El reglamento impon¨ªa que la correspondencia con instituciones de Valencia o Baleares fuera s¨®lo en catal¨¢n. En la pr¨¢ctica, el alto tribunal cuestiona todos los art¨ªculos que 'de forma imperativa' regulan el uso exclusivo del catal¨¢n y deja inc¨®lumes los referidos a programas inform¨¢ticos, la denominaci¨®n institucional de la URV y aquellos que contemplan la posibilidad de utilizar otras lenguas.
El fallo tampoco se opone al art¨ªculo segundo, que oficializa el catal¨¢n 'como lengua propia de la URV y, como tal, de uso general y prioritario en todos los ¨¢mbitos'. Una apostilla del redactado, en el que se alude al estatuto de autonom¨ªa, es lo que le salva, puesto que ¨¦ste s¨ª reconoce la cooficialidad de catal¨¢n y castellano. Aun as¨ª el tribunal alerta: 'Ser¨¢ en las actuaciones que la URV desarrolle en la aplicaci¨®n del reglamento, que, de darse excesos, se podr¨¢, eventualmente, reaccionar contra ellos'. Sobre la constitucionalidad de diversos art¨ªculos de la Ley de Pol¨ªtica Ling¨¹¨ªstica de 1998, el fallo indica que expresiones como 'veh¨ªculo normal' y 'normalmente se tendr¨¢ que utilizar el catal¨¢n' son las que garantizan la constitucionalidad de la ley pues no excluyen el castellano.
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