El Supremo establece que los agentes inmobiliarios deben informar a Hacienda
El Tribunal Supremo ha establecido que los agentes de la propiedad inmobiliaria deben dar, si se los requiere la Administraci¨®n tributaria, los datos sobre el coste y caracter¨ªsticas de los pisos que ofertan, as¨ª como el nombre del propietario.
As¨ª lo establece el Supremo en una sentencia en la que rechaza el recurso presentado por el propietario de una inmobiliaria contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco que aval¨® la petici¨®n de la Inspecci¨®n Tributaria de la Diputaci¨®n Foral de ?lava para que le aportara la relaci¨®n de inmuebles que ofertaba, 'con indicaci¨®n del titular, ubicaci¨®n, superficie y precio de venta solicitado'.
Para el Supremo, la informaci¨®n solicitada por la Inspecci¨®n Tributaria 'no se refiere a datos que interesen a efectos de ning¨²n impuesto o que tengan trascendencia tributaria', ya que, explica que la Administraci¨®n, '¨²nicamente puede investigar aquellos hechos o circunstancias respecto de los que, o bien ha nacido ya un hecho imponible o bien es seguro que va a nacer, pues en caso contrario ¨²nicamente existe una posibilidad o simple expectativa y los datos no tendr¨¢n trascendencia tributaria'. Recuerda que la Ley General Tributaria establece que 'toda persona natural o jur¨ªdica estar¨¢ obligada a proporcionar a la Administraci¨®n tributaria toda clase de datos, informes o antecedentes con trascendencia tributaria, deducidos de sus relaciones econ¨®micas, profesionales o financieras, con otras personas'. Seg¨²n el Supremo, 'la informaci¨®n puede solicitarse en cuanto sirva o tenga eficacia en la aplicaci¨®n de los tributos'.
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