'Gaudeamus igitur'
Gaudeamus igitur, iuvenes dum sumus. Gocemos, pues, mientras somos j¨®ve-nes. Tal es el comienzo de una antigua canci¨®n estudiantil, que acompa?a l¨ªricamente los actos acad¨¦micos de la vida universitaria todav¨ªa hoy en rememoraci¨®n de lo que era fiesta y regocijo. La tradici¨®n impregna lo protocolario como s¨ªmbolo de una identidad, la universitaria, cuya autonom¨ªa ha constituido un arduo logro parejo a la conquista de otras libertades individuales y colectivas, como la misma libertad de c¨¢tedra o la libertad de opini¨®n. Parad¨®jicamente, este derecho es el gran ausente en un reciente art¨ªculo, Una autonom¨ªa universitaria equilibrada, t¨ªtulo por s¨ª contradictorio.
Es un lugar com¨²n que la tradici¨®n constitucional de los frenos y equilibrios fundamenta la doctrina de la separaci¨®n de poderes con el objeto de preservar la independencia y seguridad de todos y cada uno de ellos y no su merma en aras del 'bien com¨²n', un principio no natural que ha servido en distintos contextos hist¨®ricos para vulnerar la debida independencia y seguridad. La autonom¨ªa no es as¨ª un mero problema de competencias administrativas sometido a un juego de equilibrios, en este caso entre Universidad, sociedad y poderes p¨²blicos; un equilibrio que se confunde con la coordi-naci¨®n debida en el ejercicio de las competencias propias.
La autonom¨ªa universitaria es un derecho pol¨ªtico legitimado por su trascendencia hist¨®rica (como muestra la importancia de la 'cuesti¨®n universitaria' en este pa¨ªs desde 1865), y reconocido en el vigente texto constitucional, que prescribe la autonom¨ªa de las universidades, en los t¨¦rminos que reconozca la ley. Precisamente, una lectura restrictiva de tal desarrollo legal sirve para fundamentar el actual anteproyecto de Ley de Consejos Sociales a trav¨¦s de la Ley de Reforma Universitaria de 1983 y de la juris-prudencia al respecto del Tribunal Constitucional, adem¨¢s del pol¨¦mico Informe Bricall, cuyo objeto no es m¨¢s que promover el necesario debate acerca de un nuevo marco legal para las Universidades.
No deja de ser llamativo que, en el mencionado art¨ªculo de opini¨®n, se obvie cualquier referencia al precepto constitucional de la autonom¨ªa universitaria. La Generalitat Valenciana goza de competencia plena para la regulaci¨®n y administraci¨®n de la ense?anza, pero sin perjuicio de los dispuesto en el art¨ªculo 27 de la Constituci¨®n, y los t¨¦rminos del anteproyecto legal de reforma de los consejos sociales se sit¨²an en un l¨ªmite impreciso entre el respeto y la vulneraci¨®n de tal principio constitucional de la autonom¨ªa de las universidades. El primer ardid, empleado h¨¢bil y ma?osamente, es la instrumentalizaci¨®n del propio consejo social como ¨®rgano de gobierno de la universidad para injerir indirectamente en tal ¨¢mbito sin la implicaci¨®n del Consell.
La reforma contempla un aumento del n¨²mero de miembros de los consejos sociales, se dice que para reforzar la participaci¨®n de la sociedad en la universidad. Pero esta declaraci¨®n bienintencionada apenas puede esconder que tal incremento se produce mermando la representaci¨®n de la sociedad a trav¨¦s de los sindicatos, sin mencionar el propio colectivo universitario, y que favorece un tipo de representaci¨®n corporativa que escapa al propio control de la sociedad. Una reforma que as¨ªmismo dise?a una estructura administrativa paralela a las propias de las universidades a trav¨¦s de los consejos sociales, vaciando de competencias esenciales a las juntas de gobierno en el gasto financiero y la planificaci¨®n de estudios y centros, que son delegadas en gestores desig-nados por el Gobierno auton¨®mico de turno.
El control pol¨ªtico de las universidades desnaturaliza as¨ª el ejercicio de la voluntad democr¨¢tica de la comunidad universitaria a trav¨¦s de sus claustros, pero esencialmente obvia que ninguna rama del poder que goza del principio pol¨ªtico de autonom¨ªa est¨¢ subordinada a otra rama y que no puede interferirse en el ejercicio de su autogobierno. Una injerencia que, a trav¨¦s del mayor peso de los puestos designados en los consejos sociales en la gesti¨®n de m¨¢s competencias, coincide con otras actuaciones pol¨ªticas del Gobierno auton¨®mico del Partido Popular cuando las decisiones adoptadas en las universidades no han coincidido con sus intereses, como ha ocurrido con la segregaci¨®n de facultades y centros, el freno a proyectos de expansi¨®n universitaria o el veto a pol¨ªticas ling¨¹¨ªsticas. Una actitud que lamentablemente muestra el talante de un gobierno conservador que procede al asalto a las instituciones en nombre del bien com¨²n. Los momentos de fiesta y regocijo parece que quedaron en las composiciones de viejas canciones estudiantiles.
Francisco Sevillano Calero es profesor de Historia Contempor¨¢nea en la Universidad de Alicante.
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