El Gobierno impugna una norma vasca sobre el euskera y visitas a los presos
El acuerdo del Gobierno vasco, de diciembre de 2000, impugnado por el Gobierno central, establece que 'las plantillas [de la Administraci¨®n de Justicia] contendr¨¢n los puestos de trabajo as¨ª como las condiciones t¨¦cnicas para el desempe?o de los mismos con el fin de adaptar dichos puestos de trabajo a las nuevas herramientas tecnol¨®gicas'. Entre esas condiciones tecnol¨®gicas se incluye el conocimiento del euskera 'en los puestos que se determinen en el oportuno plan de normalizaci¨®n ling¨¹¨ªstica'.
El Gobierno central se?ala en su requerimiento que dicho acuerdo 'vulnera la competencia del Ministerio de Justicia para la aprobaci¨®n de dichas plantillas de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes al servicio de la Administraci¨®n de justicia por cuanto la norma vasca determina que dichas plantillas contendr¨¢n unas condiciones t¨¦cnicas y requisitos esenciales diferentes y contrarios a los regulados por la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial'.
Otro punto del acuerdo del Gobierno vasco que impugna el Gobierno central se refiere a la estructuraci¨®n de un plan de normalizaci¨®n ling¨¹¨ªstica determinando los puestos de trabajo que 'con car¨¢cter inmediato han de ser cubiertos por personal en posesi¨®n de un determinado perfil ling¨¹¨ªstico, contando con la colaboraci¨®n del personal ya euskaldunizado o en fase de serlo'.
El Gobierno central se?ala, en su requerimiento, que este precepto 'infringe tanto la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial como el Reglamento de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administraci¨®n de Justicia, en el que se establece que el conocimiento de la lengua oficial de una comunidad aut¨®noma supondr¨¢ una valoraci¨®n de hasta seis puntos en los concursos de traslado'.
El Gobierno central tambi¨¦n ha impugnado la addenda del acuerdo del Ejecutivo vasco que establece que 'se conceder¨¢ permiso para visitar a los parientes hasta de segundo grado de consanguinidad que estuvieran cumpliendo penas privativas de libertad, por el tiempo que resulte necesario, siempre que las visitas no puedan efectuarse fuera del horario de trabajo'. El Gobierno central argumenta su impugnaci¨®n en que esta prescripci¨®n infringe el R¨¦gimen General de Licencias y Permisos establecido para el conjunto de los funcionarios de Justicia.
La directora general de relaciones con la Administraci¨®n de Justicia del Gobierno vasco, Inmaculada de Miguel, argumenta que el acuerdo recoge aspectos comunes a toda la Administraci¨®n vasca tanto en materia lingu¨ªstica como en el r¨¦gimen de visitas a presos. El problema reside en que el personal de Justicia pertenece a los Cuerpos Nacionales y el Gobierno central les aplica el r¨¦gimen com¨²n y no el vasco. De Miguel estima que el acuerdo del Gobierno vasco tiene el respaldo de las siete comunidades -algunas del PP y PSOE- que son competentes en Justicia.
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