El esp¨ªritu de la ley
La opini¨®n p¨²blica ha seguido con mucha atenci¨®n el primer gran test de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor, es decir, el caso de San Fernando, en el que se juzgaba a dos chicas menores de edad por la muerte de una compa?era de instituto, Klara. Desgraciadamente, el debate suscitado ha sido unilateral, planteando la cuesti¨®n de en qu¨¦ medida las agresoras iban a recibir un castigo adecuado y si la flamante ley constitu¨ªa una burla impune ante los derechos de las v¨ªctimas, al ser muy ben¨¦vola.
?Es cierto que los espa?oles estamos inermes ante los j¨®venes menores de 18 a?os que cometen delitos de violencia muy graves? Urge explicar que esto no es as¨ª en absoluto. La condena a 'ocho a?os en centro de internamiento m¨¢s cinco a?os de libertad vigilada' es pr¨¢cticamente an¨¢loga a la que, en t¨¦rminos de privaci¨®n de libertad, podr¨ªa corresponder a un joven de esa edad que fuera juzgado por el C¨®digo Penal anterior a 1995 (que incluia redenciones de pena por el trabajo), y un poco inferior a lo que corresponder¨ªa con el C¨®digo vigente.
Pero otra cuesti¨®n me interesa destacar aqu¨ª. ?Somos conscientes de que la actual ley de menores busca, por encima de todo, incidir en la personalidad de los j¨®venes para evitar que se conviertan en delincuentes adultos sin esperanza? Si lo que queremos es, por encima de todo, una ley que castigue de modo ejemplar y sin paliativos, no deber¨ªamos haber desarrollado un marco legal progresista y humanista; para ese viaje no hac¨ªan falta estas alforjas. Sin embargo, esa interpretaci¨®n no es una buena idea. Por dos razones principales. En primer lugar, la investigaci¨®n revela que son, precisamente, las medidas claramente punitivas, alejadas de complejos programas de intervenci¨®n, las que m¨¢s probabilidad tienen de producir una reincidencia posterior. Aunque pueda satisfacer los deseos vindicatorios de parte de la sociedad, a la larga el castigo ejemplar produce m¨¢s dolor en esa misma sociedad, porque contribuye a que haya m¨¢s violencia a manos de los delincuentes juveniles.
La segunda raz¨®n es de ¨ªndole filos¨®fica, subyacente a la misma naturaleza del esp¨ªritu de la ejecuci¨®n de la ley. ?sta es una ley educativa, por encima de todo. Y su m¨¢xima es: elaboremos programas educativos eficaces (que s¨ª existen) para tratar a cada caso de acuerdo con lo que necesita. Los j¨®venes con graves carencias de personalidad requieren de programas elaborados para responder a esas carencias. Cuando se impone el castigo, por mero reflejo del esc¨¢ndalo del crimen o de la 'alarma social', estamos conculcando este principio m¨¢ximo de la ley.
Las chicas de San Fernando tienen problemas muy graves de personalidad y, se quiera reconocer o no, tales patolog¨ªas afectaron de modo decisivo a su libertad y, por consiguiente, a la misma g¨¦nesis del delito.
No sirve aqu¨ª refugiarnos en la m¨¢xima aplicable a los adultos de si el sujeto 'era consciente de lo que hac¨ªa y si quer¨ªa hacerlo', porque estamos hablando de personas cuya inteligencia social (de las emociones) estaba seriamente afectada. Sus vidas se construyeron de modo desviado porque su realidad psicol¨®gica estaba seriamente desvirtuada, debido a su incapacidad para relacionarse con los dem¨¢s y percibir la realidad de modo plenamente humano y coherente con los principios ¨¦ticos m¨¢s sagrados: que proh¨ªben matar.
Desde este punto de vista, una medida de internamiento en r¨¦gimen cerrado es un error, porque aqu¨ª se prima la socializaci¨®n de normas, en h¨¢bitos de conducta. Est¨¢ pensada esta medida para j¨®venes subculturales o profesionales del delito. Las j¨®venes de San Fernando no tienen ese d¨¦ficit, sino el que se deriva de un mundo interior patol¨®gico y err¨¢tico. Los menores con patolog¨ªas graves de personalidad requieren programas especiales en el contexto de un internamiento terap¨¦utico, sin que tenga que haber merma en la seguridad de su custodia.
Es m¨¢s importante de lo que parece la interpretaci¨®n que hagamos de este caso. Muchos otros casos seguir¨¢n, ya est¨¢n en la puerta esperando. En San Fernando no s¨®lo muri¨® una joven (y es comprensible el dolor de sus padres, aunque ello no implica que tengan raz¨®n en sus pretensiones); puede morir tambi¨¦n el esp¨ªritu de la ley.
Vicente Garrido Genov¨¦s particip¨® en la elaboraci¨®n de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor y fue perito en el caso de San Fernando. Es profesor de la Universidad de Valencia y autor de El psic¨®pata y Amores que matan, acoso y violencia contra las mujeres.
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