El Supremo reduce al m¨ªnimo la condena a un maltratador porque 'no quiso matar'
El condenado golpe¨® a su ex mujer tras amenazarla con un cuchillo
Para el Supremo, el acusado 'habr¨ªa podido, perfectamente y con la mayor facilidad, quitar la vida a su ex esposa sin que nadie se lo impidiera, puesto que, siendo portador de un cuchillo, lleg¨® a tenerla a su merced en el suelo, donde le propin¨® golpes'. La sentencia de este tribunal concluye que 'si no lo hizo es s¨®lo porque no quiso hacerlo'.
El texto explica que el matrimonio estaba separado, aunque 'esta situaci¨®n no era admitida por el marido, provoc¨¢ndole adem¨¢s celos', y era causa de diversas discusiones entre los antiguos c¨®nyuges. Durante una de estas disputas el hombre ocasion¨® a su ex esposa 'lesiones que fueron objeto de un juicio de faltas al que la misma no acudi¨®'.
En la noche del d¨ªa 8 de noviembre de 1997, el acusado sali¨® de su domicilio con un cuchillo de grandes dimensiones y efectu¨® a una persona con la que se encontr¨® 'diversas manifestaciones sobre la situaci¨®n en la que se encontraba por su separaci¨®n, en concreto a lo que le obligaba a hacer su mujer aunque no quisiese y a lo que conduc¨ªan las mujeres, todo ello esgrimiendo el cuchillo en la mano y manifest¨¢ndole que iba a matar a su mujer'.
Seguidamente, seg¨²n la sentencia, el condenado acudi¨® a la vivienda donde estaba su ex esposa, le mostr¨® el cuchillo y le dijo que 'le iba a matar, llegando a coloc¨¢rselo en el est¨®mago'. El agresor comenz¨® a propinarle 'varios pu?etazos en la cara y a tirarle al suelo, donde sigui¨® golpe¨¢ndole repetidas veces d¨¢ndole m¨²ltiples patadas', hasta que intervino otra persona que se encontraba en la vivienda, a la que caus¨® diversas heridas con el cuchillo, que lograron finalmente arrebatarle.
Tras los hechos, la v¨ªctima se dirigi¨® a la comisar¨ªa. En el camino, fue seguida por el marido, que la amenaz¨® de nuevo con matarla si le denunciaba.
El Supremo estima parcialmente el recurso del agresor porque -al igual que el fiscal- considera que, 'hall¨¢ndose el agresor en posesi¨®n de un arma blanca de indudable aptitud para producirle la muerte, ¨²nicamente caus¨® lesiones, cierto que de forma brutal, pero leves a tenor de la valoraci¨®n m¨¦dica de las consecuencias'. Por ello, considera que en la acci¨®n no hubo 'dolo homicida', ni tampoco en la conducta del agresor.
El Supremo se?ala que 'la conducta enjuiciada fue, sin duda, intolerable y odiosa, pero, puesto que no respondi¨® a un ¨¢nimo homicida, sino al de lesionar, habr¨¢ que estar -porque es la ¨²nica alternativa legal- a la naturaleza de los traumatismos ocasionados', que fueron de car¨¢cter leve seg¨²n el informe del forense.
La secretaria de Igualdad del PSOE, Micaela Navarro critic¨® ayer la sentencia al subrayar que 'las consideraciones en este caso son intolerables e irrespetuosas con un problema social tan grave'.
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