El Gobierno recurre el decreto de la Junta sobre televisiones locales
El Ministerio de Ciencia y Tecnolog¨ªa ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra un decreto aprobado por la Junta de Andaluc¨ªa regulador del r¨¦gimen jur¨ªdico de las televisiones locales por ondas terrestres, y contra una orden de convocatoria para solicitar concesiones de estas emisoras. El recurso del Gobierno se refiere al decreto 27/2001, del 13 de febrero, por el que se modificaban puntos del decreto 414/2000, de 7 de noviembre, que regula el r¨¦gimen jur¨ªdico de las televisiones locales y tambi¨¦n a la orden del 6 de febrero del 2001, de convocatoria para la solicitud de concesiones de licencias.
El principal motivo de recurso es que en la Ley estatal de 1995 de Televisiones Locales se proh¨ªbe 'de manera absoluta' a las televisiones locales 'que formen parte de una cadena', y en el decreto de la Junta se habla de 'emisi¨®n en cadena', una diferencia que para el Gobierno 'no parece inocente'. En la ley se se?ala: '...a estos efectos, se entender¨¢ que forman parte de una cadena aquellas televisiones...', y en el nuevo apartado del decreto de la Junta se dice: '...a estos efectos se entender¨¢ que forman parte de una emisi¨®n en cadena aquellas televisiones...'.
A juicio del Gobierno, con la 'emisi¨®n en cadena', la prohibici¨®n recogida en la Ley podr¨ªa ser levantada 'previa conformidad de los plenos de los municipios afectados, por la comunidad aut¨®noma correspondiente, atendiendo a caracter¨ªsticas de proximidad territorial y de identidades culturales y sociales'.
Mezclar conceptos
Seg¨²n se?ala el recurso, 'parece que se est¨¢n mezclando los conceptos de 'formar parte de una cadena' [prohibido de forma absoluta en la Ley estatal], y la 'emisi¨®n en cadena'', con el que se pueden establecer unos supuestos 'excepcionales' por los que la prohibici¨®n 'absoluta' se puede convertir en 'relativa'.
Este cambio se puede producir, seg¨²n el recurso, en la medida en que 'el consejero de la Presidencia, mediando determinadas circunstancias, podr¨¢ autorizar la emisi¨®n en cadena'.
El recurso respecto a la orden se refiere al art¨ªculo sobre las personas que quieran solicitar una concesi¨®n en otros municipios, y recuerda que la Ley de 1995 proh¨ªbe expresamente que un mismo titular pueda tener varias concesiones de televisi¨®n local.
Pese a ello, en la redacci¨®n del n¨²mero 2 del art¨ªculo 3 de la citada orden se indica que 'en el caso de que el solicitante est¨¦ interesado en la gesti¨®n del servicio de televisi¨®n local en m¨¢s de un municipio, lo har¨¢ constar as¨ª en la instancia...', lo que, a juicio del Ministerio, puede suponer la posibilidad de que una misma persona 'f¨ªsica o jur¨ªdica' tenga varias concesiones.
[La portavoz del Gobierno de la Junta, Monserrat Bad¨ªa, dijo ayer a este peri¨®dico que la Administraci¨®n auton¨®mica no har¨¢ ninguna valoraci¨®n oficial hasta que los servicios jur¨ªdicos estudien los argumentos del recurso del Ministerio].
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