Sobre la elaboraci¨®n de leyes
Los 10 rectores andaluces han aprobado un comunicado muy cr¨ªtico sobre el anteproyecto de Ley Org¨¢nica de Universidades; en ¨¦l se?alan un buen n¨²mero de insuficiencias del texto y resaltan que no se haya contado con las universidades para redactarlo. El Ministerio de Educaci¨®n y Cultura ha respondido inmediatamente se?alando su 'profunda sorpresa' por este ¨²ltimo reproche ya que 'ha habido un proceso de m¨²ltiples conversaciones con rectores, individualmente, y con la propia Conferencia de Rectores'. En los ¨²ltimos tiempos, vengo observando una cr¨ªtica similar y una respuesta parecida en la elaboraci¨®n de los m¨¢s diversos textos, tanto en el ¨¢mbito estatal como en el andaluz. As¨ª, me vienen a la memoria los enfrentamientos del Gobierno central con el Consejo General de la Abogac¨ªa a prop¨®sito de la Ley de Enjuiciamiento Civil y del Gobierno andaluz con los sindicatos de polic¨ªas locales a cuenta de la Ley de Coordinaci¨®n de la Polic¨ªa Local. Todo el mundo parece tener la idea de que el derecho a participar en los asuntos p¨²blicos justifica que los colectivos directamente afectados por una norma tengan el derecho a participar activamente en su elaboraci¨®n. El ideal ¨²ltimo ser¨ªa que esos colectivos, que son los que realmente conocen el tema, pudieran confeccionarla sin mayores injerencias de los pol¨ªticos, como sucedi¨® con la Ley de Edificabilidad, en buena medida redactada por los Colegios de Ingenieros y Arquitectos y luego refrendada por las Cortes Generales.
Esta opini¨®n es universalmente compartida en el ¨¢mbito pol¨ªtico y se mantiene discrepante, tanto que es completamente impensable que un gobierno cualquiera replique a la cr¨ªtica sobre la falta de participaci¨®n de los sectores implicados en la elaboraci¨®n de un anteproyecto de ley diciendo que, en efecto, el texto presentado es responsabilidad exclusivamente suya y que, mientras nada tiene que decir sobre las cr¨ªticas al contenido, no le parece de recibo que alguien le discuta su competencia para elaborarlo. Como m¨ªnimo, se acusar¨ªa a quien as¨ª razonase de veleidades autoritarias incompatibles con los principios democr¨¢ticos de un Estado social y democr¨¢tico de Derecho como el nuestro.
Sin embargo, tengo para m¨ª que no ser¨ªa una repuesta tan descabellada como en principio pudiera parecer. Desde luego, leyendo la Constituci¨®n y el Estatuto de Autonom¨ªa no se aprecia a simple vista que el Gobierno tenga que consultar con nadie para elaborar sus anteproyectos, m¨¢s bien lo contrario: en el sistema parlamentario que ambos textos configuran, el Gobierno tiene una iniciativa legislativa incondicionada; es m¨¢s, es ¨¦l quien tiene la responsabilidad de -por usar los t¨¦rminos del art¨ªculo 87 de la Constituci¨®n- dirigir 'la pol¨ªtica interior y exterior', por lo que parece l¨®gico que sea ¨¦l quien cocine libremente el texto que quiera y luego todos los actores pol¨ªticos (y los simples particulares) opinemos sobre lo que est¨¢ preparando y que todav¨ªa dista mucho de ser un plato preparado para llevar: como poco, cualquier anteproyecto tiene que pasar por el Consejo de Ministros, el Congreso y el Senado antes de convertirse en norma vinculante; por no hablar de los distintos dict¨¢menes a los que se ven sometidos un buen n¨²mero de textos antes de ingresar en las Cortes (Consejo de Estado, Consejo General del Poder Judicial, el mismo Consejo de Universidades, etc¨¦tera) cuando tratan de regular determinadas materias.
Desde el punto de vista pol¨ªtico, me temo que llego a la misma conclusi¨®n heterodoxa: est¨¢ muy bien que los grupos sociales expresen su parecer en la elaboraci¨®n de las leyes (no pocos parlamentos, comenzando por el de Estados Unidos, tienen configurado un procedimiento informativo para que puedan intervenir las organizaciones sociales interesadas en un proyecto de ley), pero me parece del todo exagerado considerar que hay una especie de derecho de 'autonormaci¨®n' de los principales afectados por una determinada ley. Por mucho que ya no podamos mantener la concepci¨®n ilustrada de la ley como producto de la libre reflexi¨®n, con 'luz y taqu¨ªgrafos', de los representantes del pueblo, me parece que tampoco es cuesti¨®n de dejar a los colectivos sociales elaborar las normas generales que les afecten preferentemente pues es casi seguro que se cumplir¨ªa una ley social enunciada por el viejo Marx: cuando los miembros de un colectivo cualquiera se ponen de acuerdo sobre las normas que han de regirlo, raramente ser¨¢ en beneficio de la sociedad, pero siempre en beneficio propio.
Agust¨ªn Ru¨ªz Robledo es profesor titular de Derecho Constitucional.
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