El Constitucional niega amparo a una mujer que aleg¨® que el ruido vulner¨® su intimidad
El pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de amparo de una mujer que aleg¨® la vulneraci¨®n de su derecho a la intimidad e inviolabilidad de domicilio a causa de los ruidos nocturnos producidos en el barrio de San Jos¨¦, de Valencia, en el que ella habita. La sentencia considera que no se acredit¨® que los ruidos padecidos afectaran a dicho derecho fundamental.
El m¨¢ximo int¨¦rprete de la Constituci¨®n dedic¨® el 16 de mayo ¨²ltimo a este caso su primera vista p¨²blica en sesi¨®n plenaria, con sus 12 magistrados, ante los que el abogado de Pilar Moreno aleg¨® que los ruidos y vibraciones del mencionado barrio valenciano violaron los derechos fundamentales de la recurrente, ante la pasividad del Ayuntamiento de Valencia y la falta de tutela judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
El fiscal apoy¨® el recurso de amparo, mientras que el letrado del Ayuntamiento se opuso. En la l¨ªnea de este ¨²ltimo, la sentencia del Tribunal Constitucional, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Jim¨¦nez de Parga, razona que, aunque desde la sentencia L¨®pez Ostra del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ciertos da?os ambientales pueden atentar contra el respeto a la vida privada, en este caso no se puede 'establecer una relaci¨®n directa entre un ruido cuya intensidad ni tan siquiera se ha acreditado y la lesi¨®n que ha sufrido' la recurrente. Agrega que se trata de ruidos 'de origen difuso', sin que 'ninguna medici¨®n' acredite que se produjeran en su vivienda o que, 'por su car¨¢cter prolongado e insoportable, hayan podido afectar al derecho fundamental'.
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