Condena por una suspensi¨®n provisional de un funcionario que dur¨® 14 a?os
La sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) ha condenado a la Universidad de Granada por apartar 'provisionalmente' del servicio hace 14 a?os a un funcionario y no haber concluido a¨²n el expediente. La Universidad, que estudia recurrir la sentencia, tendr¨¢ que abonar al funcionario, ya jubilado, el sueldo no percibido y poner al d¨ªa las cotizaciones correspondientes de la Seguridad Social.
El tribunal lamenta el 'peregrinaje de 14 a?os' al que fue sometido Hilario Carmelo Aznarte y resalta la 'deplorable' actuaci¨®n administrativa de la Universidad de Granada y de todos los organismos p¨²blicos que fueron eludiendo la responsabilidad de culminar el expediente: el Consejo de Universidades, los ministerios de Administraciones P¨²blicas y de Educaci¨®n y Ciencia, y las consejer¨ªas de Educaci¨®n y de Gobernaci¨®n de la Junta de Andaluc¨ªa.
La sentencia contabiliza hasta 19 intervenciones de los m¨¢s diversos departamentos administrativos que, en todos los casos, alegaron razones burocr¨¢ticas para no resolver el expediente disciplinario.
Hilario Carmelo Aznarte, titulado en Derecho por la Universidad y funcionario con 29 a?os de antig¨¹edad, fue suspendido de empleo y sueldo el 23 enero de 1987 por no incorporarse a su puesto en la escuela de Magisterio de Ceuta. En octubre de ese mismo a?o la Universidad remiti¨® el expediente al Consejo de Universidades para que ratificara la separaci¨®n definitiva del servicio.
A partir de aqu¨ª se produjeron una serie de decisiones administrativas que fueron demorando indefinidamente la resoluci¨®n final. En 1992 el Ministerio de Administraciones P¨²blicas consider¨® que la resoluci¨®n no era competencia de la Administraci¨®n central sino del Gobierno de la comunidad.
As¨ª, el expediente lleg¨® en 1993 a la Consejer¨ªa de Educaci¨®n que, a su vez, lo envi¨® a la de Gobernaci¨®n. Ese a?o el director general de la Funci¨®n P¨²blica de la Junta pidi¨® un informe al Ministerio de Administraciones P¨²blicas que, ahora, dijo que la competencia reca¨ªa sobre el Consejo de Ministros.
El rosario continu¨® pese a que en 1994 el Consejo de Ministros declar¨® que el expediente hab¨ªa caducado y, por tanto, el funcionario deb¨ªa de regresar a su plaza con todos los derechos.
La sentencia se?ala que 'fue la Universidad de Granada la que inco¨® el expediente y la que orden¨® la suspensi¨®n provisional dejando transcurrir en exceso el plazo de seis meses que la ley le conced¨ªa para dejar sin efecto la medida cautelar'. Es m¨¢s, no consta seg¨²n el tribunal que la Universidad pusiera en conocimiento de los ¨®rganos a los que remiti¨® el expediente que continuaba vigente la suspensi¨®n de empleo.
'Tal actuaci¨®n administrativa ha significado una vulneraci¨®n flagrante de los principios de seguridad jur¨ªdica y de interdicci¨®n de la arbitrariedad de los poderes p¨²blicos', sigue la sentencia. La v¨ªctima de todo este desastre burocr¨¢tico dispone ahora de una esmirriada jubilaci¨®n y espera resarcirse del da?o moral y material padecido.
La Universidad, por su lado, estudia recurrir el fallo ya que considera responsables a las otras Administraciones.
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