Tres millones de multa por almacenar aceite usado sin permiso
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior mantiene la multa de m¨¢s de tres millones de pesetas impuesta por el Gobierno a una empresa por almacenar cerca 'de unos 90.000 litros de aceites usados, procedentes de la actividad de recogida, sin disponer de autorizaci¨®n en el momento de la inspecci¨®n por parte de la viceconsejer¨ªa de Medio Ambiente', seg¨²n la sentencia, declarada firme y no recurrible. El Tribunal se?ala que el silencio administrativo s¨ª implica la concesi¨®n d ela autorizaci¨®n, pero que la empresa en su funcionamiento debe respetar los requisitos establecidos en la Ley.
En este sentido, afirma el tribunal que la inspecci¨®n de la empresa en la que se comprob¨® la realizaci¨®n de actividad no autorizada tuvo lugar el 15 de julio de 1997 y la solicitud de certificaci¨®n de acto presunto se produjo el 16 de julio del mismo a?o, por lo que la empresa sancionada 'estaba desarrollando una actividad sin autorizaci¨®n previa'.
La empresa imcumpl¨ªa tambi¨¦n 'las condiciones de almacenamiento' que establecen que 'el dep¨®sito de superficie destinado a la recepci¨®n de efluentes tanto del tren de lavado como de pintado de bidones, deber¨¢ disponer de capacidad para evitar todo vertido al exterior en caso de derrames o p¨¦rdida de estanqueidad'.
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