Trata de blancas
Un centenar de mujeres extranjeras que ejercen la prostituci¨®n en Madrid, y un n¨²mero indeterminado en otras ciudades, se han acogido a la Ley de Protecci¨®n de Testigos tras haber denunciado a las mafias que las trajeron y explotan. Con ello esperan beneficiarse de un precepto de la Ley de Extranjer¨ªa que permite evitar la expulsi¨®n de inmigrantes sin papeles que denuncien a los autores de determinados delitos. Esas denuncias han permitido a la polic¨ªa desmantelar unas 20 redes dedicadas a esa actividad.
El art¨ªculo 59 de la ley establece que el extranjero sin documentaci¨®n o con documentaci¨®n irregular y v¨ªctima, perjudicado o testigo de tr¨¢fico il¨ªcito de seres humanos, tr¨¢fico il¨ªcito de mano de obra o explotaci¨®n en la prostituci¨®n 'podr¨¢ quedar exento de responsabilidad administrativa y no ser¨¢ expulsado si denuncia a las autoridades competentes a los autores o cooperadores de dicho tr¨¢fico'. La aplicaci¨®n complementaria de la Ley de Protecci¨®n de Testigos puede preservar la seguridad de estas personas y su identidad en los procesos judiciales, pero con ello no se agotan los problemas de los denunciantes.
El mismo art¨ªculo de la Ley de Extranjer¨ªa precisa que 'a los extranjeros que hayan quedado exentos de responsabilidad administrativa se les podr¨¢ facilitar, a su elecci¨®n, el retorno a su pa¨ªs de procedencia o la estancia y residencia en Espa?a, as¨ª como permiso de trabajo y facilidades para su integraci¨®n social'. Las primeras noticias de la utilizaci¨®n de esa valiosa herramienta contra las mafias explotadoras registran una razonable satisfacci¨®n policial, pero al mismo tiempo se?alan que las organizaciones no gubernamentales que les acogen se encuentran desbordadas porque no pueden satisfacer toda la demanda.
Es obligaci¨®n de los poderes p¨²blicos cumplir la parte del compromiso que la ley les impone, de modo que quede garantizada a los denunciantes de esas lacras la residencia pac¨ªfica en Espa?a y el comienzo de una nueva vida, al abrigo no s¨®lo de toda venganza de los denunciados, sino tambi¨¦n de cualquier tribulaci¨®n derivada de contratos precarios o de dificultades para su integraci¨®n social. Ello remite, como en el caso de la Ley del Menor y otras, a la necesidad de instituciones de acogida que hagan posible la reinserci¨®n.
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