El Supremo obliga a declarar en juicio a una ni?a que fue objeto de abusos
El Tribunal Supremo ha ordenado a la Audiencia de Barcelona que vuelva a juzgar a un empleado del hogar, condenado a nueve a?os y diez meses de prisi¨®n por abusar sexualmente de la menor a la que cuidaba y de su prima, porque la primera, que ten¨ªa cinco a?os cuando ocurrieron los hechos, no compareci¨® en el juicio oral que se celebr¨®. La sentencia cuenta con el voto particular de los magistrados Roberto Garc¨ªa-Calvo y Adolfo Prego, que consideran que las declaraciones prestadas por la prima eran suficientes para condenarle sin vulnerar su derecho a la presunci¨®n de inocencia.
La Audiencia de Barcelona consider¨® probado que desde que en 1996 el procesado entr¨® a trabajar en el domicilio de un matrimonio con dos ni?os de cinco y cuatro a?os abus¨® de la ni?a. Un d¨ªa de septiembre de ese mismo a?o, fue a la casa una prima de los ni?os. Baltasar se llev¨® a las dos chicas a su habitaci¨®n y, tras ense?arles revistas pornogr¨¢ficas, cometi¨® supuestamente abusos.
A pesar de contar con informes m¨¦dicos y psicol¨®gicos que desaconsejaban la presencia en el juicio de la menor, que naci¨® en 1990, el Supremo considera que sin su testimonio se vulner¨® el derecho del acusado a tener un juicio con todas las garant¨ªas, incluido el de confrontaci¨®n 'con la ¨²nica testigo de cargo que hab¨ªa relatado una serie de actos que luego el tribunal ha declarado probados'. 'Si la finalidad de evitar nuevas experiencias desagradables a la supuesta v¨ªctima del hecho es atendible y digna de consideraci¨®n', explica el Supremo, 'no puede sin embargo llegarse al extremo de prescindir absolutamente de la presencia de la misma para satisfacer el derecho del acusado de interrogarla o hacerla interrogar, m¨¢xime cuando los peritos psic¨®logos han se?alado la posibilidad de que el interrogatorio se efect¨²e adoptando precauciones que eviten situaciones nocivas para la joven testigo'.
El voto particular de los magistrados Roberto Garc¨ªa-Calvo y Adolfo Prego considera que la declaraci¨®n que la menor prest¨® en la fase sumarial es suficiente para enervar la presunci¨®n de inocencia del acusado, porque tiene valor probatorio. Adem¨¢s, niegan el argumento de sus compa?eros de tribunal consistente en que se trataba de la ¨²nica testigo de cargo, porque su prima s¨ª declar¨® ante la sala de instancia.
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