Planes de pensiones con m¨¢s ventajas fiscales
Los particulares m¨¢s beneficiados ser¨¢n los que dispongan de un nivel de renta m¨¢s alto
El Gobierno acaba de anunciar varias medidas de apoyo a los planes de pensiones, privados y de empleo. Los particulares m¨¢s beneficiados por la nueva normativa ser¨¢n los que dispongan de un nivel de renta m¨¢s elevado, al poder ampliar su volumen de aportaciones. En determinados casos, incluso, Hacienda contribuir¨¢ a financiar pensiones privadas.
La entrada en vigor de la bateria de medidas tendr¨¢ importantes efectos positivos en el bolsillo de algunos particulares y empresas
Al poderse realizar aportaciones superiores a 1,2 millones, su ahorro fiscal anual podr¨ªa oscilar entre 672.000 pesetas y 1,8 millones
La nueva normativa sobre planes de pensiones se publicar¨¢ en el Bolet¨ªn Oficial del Estado a finales del pr¨®ximo mes de diciembre. En principio (salvo que se establezca una cl¨¢usula en contrario que permita su aplicaci¨®n en el 2001) la nueva regulaci¨®n no entrar¨¢ en vigor hasta el ejercicio 2002 por lo que, para este a?o, se mantendr¨¢n sobre las aportaciones los l¨ªmites absolutos (1,2 millones de pesetas para los menores de 52 a?os y hasta 2,5 millones para los de 65 o m¨¢s a?os de edad) y relativos (25% sobre los rendimientos netos del trabajo o de actividades econ¨®micas o del 40% cuando se superan los 52 a?os).
La entrada en vigor de la bater¨ªa de medidas recientemente anunciada tendr¨¢ importantes efectos positivos en el 'bolsillo' de algunos particulares y empresas. Para estas ¨²ltimas, las ventajas radican no s¨®lo en que, a efectos del impuesto de sociedades, reducir¨¢n el volumen de beneficios sobre los que tributar (las aportaciones se considerar¨¢n ¨ªntegramente como gastos deducibles), sino tambi¨¦n en que proporcionar¨¢n una deducci¨®n de la cuota a pagar por importe del 10% del volumen de aportaciones realizadas.
Cuatro pilares
Los beneficios que puedan obtener los particulares se asientan sobre cuatro pilares.
1. Los particulares menores de 52 a?os podr¨¢n aportar tanto a planes de pensiones de empleo como planes individuales o privados por importe para cada uno de ellos de 1,2 millones de pesetas (7.212 euros). La realidad es, por tanto, que para determinados trabajadores (los que cuentan son planes del sistema de empleo) se duplica la posibilidad de aportaci¨®n, y con ello, la posibilidad de deducci¨®n.
2. A partir de los 52 a?os, la regla general anterior encuentra su excepci¨®n. Una vez superada esta edad, y por cada a?o de m¨¢s que tenga el trabajador, se podr¨¢n aportar 200.000 pesetas anuales adicionales (1.202 euros). Cuando se cumplan los 65 a?os, el l¨ªmite m¨¢ximo de aportaci¨®n, tanto para planes de pensiones de empleo como individuales, se habr¨¢ situado en 3,8 millones de pesetas. Al extremo, un particular podr¨¢ llegar a aportar 7,6 millones de pesetas en estos productos.
3. No ser¨¢ necesario que las rentas que sirven para 'compensar' a efectos fiscales las aportaciones a planes de pensiones procedan del trabajo o de las actividades econ¨®micas. Valdr¨¢n ya las rentas del capital.
4. Un plan de pensiones se seguir¨¢ pudiendo hacer efectivo bajo tres distintos sistemas: en forma de capital, en un pago ¨²nico; en forma de renta, recibiendo pagos con periodicidad regular, incluyendo al menos uno al a?o, y en forma de prestaci¨®n mixta, combinando los dos sistemas anteriores.
El momento del rescate
Al rescatar (hacer efectivo) ese plan de pensiones, la suma de las aportaciones y sus rendimientos ¨²nicamente se computar¨¢ a efectos fiscales por el 60% de dicha cantidad, siempre y cuando la primera aportaci¨®n de cada uno de los planes suscritos cuente con una antig¨¹edad superior a los dos a?os. Si el rescate se produce en forma de renta peri¨®dica o si no se cumple este plazo bianual, no se aplica tal reducci¨®n.
Bajo estas nuevas condiciones, si se apuran al m¨¢ximo las posibilidades que parece dejar abiertas esta normativa global, el resultado es que Hacienda puede llegar a financiar los planes de pensiones privados, de forma especial a los particulares de m¨¢s de 52 a?os con rentas altas, es decir, con tipos marginales elevados. Al poderse realizar aportaciones superiores a 1.200.000 pesetas, su ahorro fiscal anual podr¨ªa oscilar, a tipos del 48%, entre las 672.000 pesetas (el doble si tambi¨¦n se dispone de plan de empleo) de los 53 a?os a 1.824.000 pesetas (hasta 3.648.000 pesetas) de los 65 a?os. El m¨¢s probable de los resultados ser¨¢ que el total de impuestos ahorrados superara con creces los impuestos finalmente abonados, especialmente si el ahorro acumulado se retira en forma de capital. Un ejemplo puede servir de muestra. Un particular de 63 a?os que apurase al m¨¢ximo sus aportaciones legales (tan s¨®lo a un plan individual o privado) se ahorrar¨¢ en impuestos del IRPF m¨¢s de 5,1 millones de pesetas. Al rescatar su ahorro en un pago ¨²nico pagar¨¢ a Hacienda (se supone una rentabilidad anual del 3%) algo m¨¢s de 3,2 millones de pesetas. La financiaci¨®n fiscal rondar¨¢, por tanto, los 2 millones de pesetas.
A la nueva normativa le falta a¨²n, seg¨²n los expertos, varios aspectos por concretar. Entre ellos, el determinar si se ampliar¨¢n o no los l¨ªmites actuales de aportaci¨®n cuando los c¨®nyuges no perciben rentas (actualmente est¨¢n fijados en 300.000 pesetas anuales), el establecer si la percepci¨®n del plan en forma de renta tendr¨¢ o no alguna ventaja fiscal (por el momento, carece de ellas) y, por ¨²ltimo, pero muy importante, a su entender, dada la inestabilidad financiera y burs¨¢til actual, el especificar si los planes de pensiones gozar¨¢n de una mayor flexibilidad en el cobro.
Hoy por hoy, cuando una prestaci¨®n se empieza a percibir no es posible interrumpir su cobro, lo que, cuando las p¨¦rdidas se acumulan, ocasiona graves quebrantos a los part¨ªcipes.
Siete importantes novedades
- Se suprimir¨¢n los l¨ªmites porcentuales en las aportaciones a planes de pensiones individuales, es decir, el del 25% de la suma de los rendimientos netos del trabajo, actividades econ¨®micas y de imputaciones de sociedades transparentes ¨® del 40% cuando las personas son mayores de 52 a?os. Se mantendr¨¢n los l¨ªmites absolutos actuales, de 7.212 euros, equivalentes a 1,2 millones de pesetas anuales. - A partir de los 52 a?os, el particular podr¨¢ aumentar su volumen de aportaciones a planes de pensiones a raz¨®n de 1.202 euros (200.000 pesetas) por cada a?o que exceda de esta edad de referencia. Se podr¨¢ llegar as¨ª hasta un importe m¨¢ximo de 22.838 euros (3.800.000 pesetas) para part¨ªcipes que tengan 65 o m¨¢s a?os de edad. - No ser¨¢ necesario obtener rentas procedentes de rendimientos del trabajo o de actividades econ¨®micas para poder realizar aportaciones a planes de pensiones. Por tanto, cabr¨¢ la posibilidad de ser part¨ªcipe de planes de pensiones aunque ¨²nicamente se reciban rentas de capital. - En los planes de pensiones de empleo se suprimir¨¢n los l¨ªmites porcentuales para las aportaciones efectuadas a favor de los empleados. Se mantendr¨¢ el l¨ªmite de 7.212 euros (1,2 millones de pesetas) para los menores de 52 a?os de edad. Para los particulares de m¨¢s edad, los nuevos l¨ªmites aumentar¨¢n cada a?o en 200.000 pesetas, hasta los 3,8 millones de pesetas. - Se suprimir¨¢ el l¨ªmite conjunto para planes individuales y de empleo. As¨ª, una persona podr¨¢ realizar aportaciones a uno de empleo (m¨¢ximo de 1,2 millones de pesetas) y a otro individual con el mismo l¨ªmite. - Las empresas podr¨¢n deducir ¨ªntegramente como gasto en la base imponible, a la hora de calcular su Impuesto sobre Sociedades, las aportaciones que realice a los planes de pensiones de empleo. - Adicionalmente, se aprobar¨¢ una nueva deducci¨®n de la cuota del Impuesto sobre Sociedades del 10% de las aportaciones realizadas por las empresas a planes de pensiones de empleo.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Ministerio de Hacienda
- Fondos pensiones
- VII Legislatura Espa?a
- PP
- Fondos inversi¨®n
- Ministerios
- Actividad legislativa
- Hacienda p¨²blica
- Legislaturas pol¨ªticas
- Parlamento
- Gobierno
- Finanzas p¨²blicas
- Administraci¨®n Estado
- Mercados financieros
- Partidos pol¨ªticos
- Pol¨ªtica
- Administraci¨®n p¨²blica
- Finanzas
- Legislaci¨®n
- Justicia