Los miembros de la c¨²pula de ETA, condenados por ordenar el cobro del 'impuesto revolucionario'
Francisco Mujika Garmendia, Pakito, Jos¨¦ Luis ?lvarez Santacristina, Txelis, y Jos¨¦ Mar¨ªa Arregi Erostarbe, Fitti, integrantes de la c¨²pula de ETA hasta 1992, fueron condenados ayer a 34 a?os y seis meses de prisi¨®n cada uno por haber ordenado la puesta en marcha de un comando para exigir a empresarios vascos la extorsi¨®n conocida como impuesto revolucionario. Es la primera vez que dirigentes de ETA son condenados por el cobro del impuesto.
La sentencia declara probado que Pakito, de 47 a?os, Txelis, tambi¨¦n de 47, y Fitti, de 41, como integrantes del comit¨¦ ejecutivo de ETA tomaron conjuntamente la decisi¨®n de exigir el impuesto revolucionario a una serie de empresarios vascos con el fin de financiar sus actividades terroristas.
El tribunal destaca que fue ?lvarez Santacristina la persona que 'ejerciendo funciones ejecutivas de aparato financiero, se encarg¨® de crear y dar las instrucciones al comando sobre los empresarios a los que hab¨ªa que reclamar el impuesto revolucionario y las cantidades que deb¨ªan recabar'.
Modelo de carta
Tanto en su ordenador personal, como en los papeles intervenidos en Bidart (Francia), tras la detenci¨®n de los tres dirigentes etarras, aparecieron los modelos de las dos cartas de ETA por las que se reclamaba el dinero, as¨ª como la relaci¨®n de empresarios que estaban siendo extorsionados.
?lvarez Santacristina decidi¨® tambi¨¦n, para gestionar m¨¢s particularmente el lugar, la fecha, la cantidad y el medio de pago, crear un comando que entraba en contacto telef¨®nico o personal con los empresarios o intermediarios que los afectados designaban.
El comando estaba integrado por Felipe San Epifanio Sampedro, Jos¨¦ Carlos Apeztegia Jaca y Luis Manuel Idarraga Gorostiaga. Todos ellos fueron ya condenados con anterioridad por la Audiencia Nacional. Txelis les hac¨ªa llegar las instrucciones sobre los empresarios a extorsionar y las cantidades a recaudar.
El tribunal ha condenado a los tres dirigentes de ETA a cinco penas de seis a?os de c¨¢rcel cada una por otros tantos delitos de amenazas condicionales por escrito y con consecuci¨®n del prop¨®sito, y tambi¨¦n a nueve penas de seis meses y un d¨ªa por el mismo delito de amenazas por escrito pero sin conseguir el prop¨®sito. La pena impuesta, en cualquier caso, es irrelevante a efectos pr¨¢cticos, puesto que los tres dirigentes etarras estaban ya condenados a penas superiores a 30 a?os de prisi¨®n, el m¨¢ximo periodo de cumplimiento de pena establecido en la legislaci¨®n espa?ola.
[El tribunal de Apelaci¨®n de Par¨ªs acord¨® ayer la extradici¨®n a Espa?a del dirigente de ETA Xabier Garc¨ªa Gaztelu, Txapote, para ser juzgado por tres asesinatos. Se trata de tres cr¨ªmenes cometidos en 1994 y 1995 por el comando Donosti, del que Txapote era responsable. Son el del concejal popular del Ayuntamiento de San Sebasti¨¢n Gregorio Ord¨®?ez, el del sargento Alfonso Morcillo y el del brigada de Infanter¨ªa Mariano de Juan Santamar¨ªa. El fiscal inform¨® a favor de que sea extraditado tambi¨¦n por el asesinato de Fernando M¨²gica].
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