El Supremo condena al director de una cl¨ªnica y a un m¨¦dico por aborto
La Sala Penal del Supremo ha mantenido la condena de un a?o de inhabilitaci¨®n especial impuesta al director de una cl¨ªnica y al m¨¦dico que practic¨® un aborto aunque les ha reducido la pena de prisi¨®n de un a?o a ocho meses, por considerar que incurrieron en el 'error vencible' de que el informe previo sobre la salud ps¨ªquica de la madre puede ser emitido por un psic¨®logo, en vez de por un psiquiatra.
La sentencia de instancia declar¨® probado que Montserrat S. qued¨® embarazada de su compa?ero, Majid T., de nacionalidad marroqu¨ª. ?ste quer¨ªa que diera a luz en Marruecos y dejar a sus padres el fruto de la relaci¨®n, con objeto de obtener la nacionalidad espa?ola. El plan no fue del agrado de la mujer, que decidi¨® interrumpir el embarazo. Acudi¨® a un centro de Granada donde se le practic¨® un aborto, despu¨¦s de que una psic¨®logo dictaminase una 'grave reacci¨®n depresiva que transtorna el curso normal del embarazo no deseado'.
El Supremo mantiene el criterio de una sentencia anterior que conden¨® a los mismos recurrentes aunque en ambos casos ha absuelto a la psic¨®loga, antes condenada a un a?o de prisi¨®n.
El tribunal sostiene que para practicarse el primer supuesto de interrupci¨®n voluntaria del embarazo se necesita el informe de un m¨¦dico especialista, y no basta el de un psic¨®logo.
El magistrado Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn formul¨® un voto disidente en el que concluye que ambos m¨¦dicos debieron ser absueltos, ya que existi¨® un error de prohibici¨®n, invencible, que excluye su responsabilidad criminal.
Silencio administrativo
Mart¨ªn Pall¨ªn recuerda que cuando el C¨®digo Penal fue modificado hubo que dictar una disposici¨®n aclaratoria en la que se dec¨ªa que en las cl¨ªnicas autorizadas deb¨ªa haber un psiquiatra o psic¨®logo. La orden fue derogada despu¨¦s, quedando en que s¨®lo pod¨ªan dictaminar los m¨¦dicos de la especialidad correspondiente. La confusi¨®n generada en los centros que hab¨ªan contratado un psic¨®logo llev¨® al director de la cl¨ªnica a pedir una aclaraci¨®n al Ministerio de Justicia. ?ste la deriv¨® al de Sanidad, que no dio respuesta Seg¨²n Mart¨ªn Pall¨ªn, los recurrentes realizaron una actividad dirigida a constatar la legalidad de su actuaci¨®n y s¨®lo recibieron el silencio de los organismos administrativos, en tanto que los inspectores que comprobaron que en la cl¨ªnica trabajaba una psic¨®loga no hicieron ninguna observaci¨®n, alentado con su conducta a que siguiesen en el error.
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