UN M?XIMO DE SESENTA D?AS.
La autorizaci¨®n de entrada que reciben los cubanos lleva membrete del Ministerio del Interior. Bajo una fotograf¨ªa de carn¨¦ y la huella del ¨ªndice derecho, se lee: 'Queda autorizada la entrada en Espa?a del ciudanano / a (...), de conformidad con el art¨ªculo 25.4 [de la Ley de Extranjer¨ªa]. Se informa de que el titular de esta autorizaci¨®n tiene 60 d¨ªas de plazo para regularizar su situaci¨®n o, en caso contrario, para abandonar el Territorio Nacional'.
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