Los jueces recibieron el a?o pasado medio mill¨®n de causas penales, casi 20.000 m¨¢s que en 2000
En 2001 se celebraron s¨®lo 636 de los 3.000 juicios r¨¢pidos previstos, y ninguno inmediato
Los 46 juzgados de instrucci¨®n de la capital (que investigan delitos) no dan abasto. Durante el a?o que acaba de finalizar recibieron 503.891 causas penales, 19.891 m¨¢s que en 2000. Esta cifra, facilitada por fuentes de los juzgados de Madrid, revela la proliferaci¨®n de asuntos delictivos que tuvieron que afrontar los jueces el a?o pasado debido al incremento de la tasa delictiva en la capital. Pese a esta elevada tasa criminal, la promesa de los jueces de celebrar juicios inmediatos (juzgar a una persona en 72 horas tras su detenci¨®n) qued¨® en agua de borrajas. No se celebr¨® ni uno.
'La carga de trabajo que tenemos es bestial: no paran de entrar causas; y para que no se te caigan los papeles encima hay que trabajar ma?ana, tarde y noche'. As¨ª describ¨ªa hace unos d¨ªas un juez de instruci¨®n la situaci¨®n de los 46 juzgados de Madrid que se turnan en las guardias y que investigan los hechos criminales que azotan a la capital. 'Ignoro los porcentajes, pero los robos, lesiones y delitos contra las personas han aumentado espectacularmente', explic¨® otro magistrado. Del medio mill¨®n de nuevas causas registradas el a?o pasado, s¨®lo 10.167 fueron remitidas para juicio a los juzgados de lo penal, que se dedican en exclusiva a celebrar vistas. Otras quedaron en juicios de faltas. Y es que, de todo lo que denuncian los madrile?os, apenas el 10% llega finalmente a juicio. El 90% se archiva o se sobresee porque el autor del delito no es conocido.
Para aligerar los procesos penales y evitar la multirreincidencia y que muchos delitos queden impunes (como ocurre, por ejemplo, con parte de los atracos que padecen los turistas extranjeros), se idearon los juicios inmediatos y los r¨¢pidos. ?stos funcionan en Madrid desde 1994. Su finalidad es juzgar al reo al mes m¨¢ximo de su detenci¨®n. Los inmediatos se instituyeron hace dos a?os bajo el auspicio del anterior juez decano de Madrid, Fernando Fern¨¢ndez, hoy vocal del Consejo del Poder Judicial. El objetivo de los inmediatos es que el detenido sea juzgado en 72 horas. Es decir, que salga de los calabozos de la plaza de Castilla con la sentencia bajo el brazo. Ambos tipos de juicios est¨¢n resultando un fiasco en la capital.
Evitar la impunidad
En 2001 los juzgados de lo penal (que se dedican en exclusiva a enjuiciar delitos con penas inferiores a cinco a?os) no celebraron juicios inmediatos, orientados ¨¦stos a evitar la impunidad a los ladrones que atacan a los turistas que visitan Madrid durante unos d¨ªas. La ley obliga a quien denuncia un robo en comisar¨ªa a que se ratifique luego ante el juez. El problema es que los turistas regresan a sus pa¨ªses y no les compensa volver un mes despu¨¦s a Espa?a para ratificarse o asistir al juicio. Los juicios inmediatos tambi¨¦n se idearon para los hinchas de equipos de f¨²tbol extranjeros que vienen a Madrid y provocan altercados.
A la inexistencia de juicios inmediatos se suma el retroceso de los r¨¢pidos. En 2001 s¨®lo se celebraron 636 juicios r¨¢pidos. Esta cifra es inferior a la registrada en 2000, cuando se celebraron 679. El n¨²mero de vistas de este tipo es, no obstante, muy inferior al previsto. El anterior juez decano vaticin¨® que en Madrid se producen todos los a?os entre 3.000 y 4.000 hechos criminales susceptibles de ser enjuiciados mediante vistas r¨¢pidas. Al a?o siguiente de su creaci¨®n, en 1994, se celebraron m¨¢s de mil juicios r¨¢pidos, pero desde entonces no han dejado de bajar. Barcelona celebra habitualmente el doble de juicios r¨¢pidos que Madrid, y hace tres a?os, casi el triple.
Los juicios r¨¢pidos se celebran en el juzgado de instrucci¨®n (si se trata de faltas) o en el de lo penal (si se trata de delitos con penas inferiores a cinco a?os de c¨¢rcel). Celebrar juicios r¨¢pidos o inmediatos s¨®lo es posible si el autor del delito es sorprendido en flagrante. Para poner en marcha estas vistas, el anterior decano recab¨® la ayuda del Colegio de Abogados, en concreto de los letrados que hacen labores del turno de oficio, con vistas a facilitar su desarrollo. Pero tambi¨¦n es muy importante la labor del fiscal, que debe elaborar el escrito de acusaci¨®n inmediatamente despu¨¦s del interrogatorio del detenido.
Para agilizar la celebraci¨®n de juicios r¨¢pidos se decidi¨® el a?o pasado crear un cuarto juzgado de guardia en Madrid (ahora hay tres). Debi¨® entrar en funcionamiento el pasado 1 de enero. Ha pasado ya casi un mes y medio y a¨²n no existe. El actual juez decano, Jos¨¦ Luis Gonz¨¢lez Armengol, denunci¨® a este peri¨®dico que la demora de la entrada en funcionamiento del cuarto juzgado -que igualar¨ªa a Madrid con Bacelona en juzgados de guardia- se deb¨ªa a la falta de recursos para dotarlo.
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