Espa?a y otros seis pa¨ªses adelantan un a?o la orden de detenci¨®n europea
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Siete Estados de la Uni¨®n Europea acordaron ayer adelantar en un a?o la entrada en vigor de la Orden de Detenci¨®n y Entrega Europea, m¨¢s conocida como euroorden. Los ministros de Justicia de Espa?a, Francia, Alemania, Reino Unido, Portugal, B¨¦lgica y Luxemburgo pactaron poner en marcha en enero de 2003, o incluso antes, este nuevo sistema de reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales para una lista de 32 delitos, entre los que se incluyen el terrorismo, la delincuencia organizada el tr¨¢fico de seres humanos y la pirater¨ªa inform¨¢tica. La euroorden permitir¨¢ que un etarra detenido en Francia o B¨¦lgica sea entregado en un plazo m¨¢ximo de 90 d¨ªas, sin necesidad de acudir al procedimiento de extradici¨®n, ya que tendr¨¢ prioridad para juzgarle el pa¨ªs en el que el arrestado y reclamado haya cometido el crimen m¨¢s grave. Italia sigue poniendo serias reticencias a la adopci¨®n de la euroorden.
'Hemos llegado a un acuerdo important¨ªsimo que supone uno de los avances m¨¢s importantes en la construcci¨®n europea', manifest¨® el ministro de Justicia, ?ngel Acebes. Los Quince hab¨ªan fijado para enero de 2004 el plazo m¨¢ximo para que todos los Estados reformaran sus ordenamientos legales, e incluso sus Constituciones si fuera necesario, para poner en pr¨¢ctica esa orden europea.
'Esfuerzo legislativo'
'El acuerdo supone hacer un esfuerzo legislativo para que la euroorden tenga efectos pr¨¢cticos en enero de 2003, e incluso a finales de este a?o si logramos concretar antes las reformas', explic¨® Luc Frieden, ministro de Justicia de Luxemburgo.
En la pr¨¢ctica, la euroorden consistir¨¢ en un documento judicial homologado en el que el juez espa?ol consignar¨¢ los datos fundamentales por los que se interesa la detenci¨®n de un presunto delincuente al resto de los firmantes del acuerdo. El documento judicial se trasladar¨¢ al Ministerio de Justicia o de Asuntos Exteriores, que lo enviar¨¢ a los departamentos hom¨®nimos de los pa¨ªses firmantes de la euroorden. ?stos, a su vez, lo trasladar¨¢n a la autoridad judicial, que es la que finalmente pondr¨¢ al reclamado en su lista de buscados, incluso en el caso de que el asunto no sea delito en dicho pa¨ªs.
Dicho documento ser¨¢ reconocido sin m¨¢s tr¨¢mites por el Estado receptor, que incorporar¨¢ a sus bases de datos sobre delincuencia la orden de detenci¨®n del reclamado. Si, por ejemplo, la Polic¨ªa de B¨¦lgica detiene al delincuente reclamado, ¨¦ste ser¨¢ puesto de inmediato a disposici¨®n de la autoridad judicial, que tendr¨¢ que efectuar todos los tr¨¢mites para la entrega al pa¨ªs reclamante en un plazo m¨¢ximo de 60 d¨ªas, prorrogable hasta 90.
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