El CES rechaza que los consejos sociales fiscalicen a las universidades
El dictamen a¨²n ve 'excesos reglamentistas' en el tercer anteproyecto
El Consejo Econ¨®mico y Social (CES) considera que el tercer anteproyecto de ley elaborado por el Consell para modificar las competencias y funciones de los consejos sociales de las universidades valencianas sigue sin estar afinado. Pese a reconocer ciertos avances, los agentes sociales y econ¨®micos creen que a¨²n es 'excesivamente reglamentista' y que reduce 'considerablemente' su participaci¨®n. Y, sobre todo, se oponen con firmeza a que estos ¨®rganos se conviertan en fiscales de las universidades. 'Ser¨ªa deseable que una norma que supone una modificaci¨®n tan importante fuera fruto del consenso m¨¢s amplio', reza el dictamen.
El dictamen, aprobado ayer de forma un¨¢nime, tiene en cuenta pr¨¢cticamente todas las alegaciones realizadas por CC OO y por UGT, que coinciden tambi¨¦n con la valoraci¨®n realizada por la Confederaci¨®n Empresarial Valenciana (CEV) en el sentido de que la representaci¨®n propuesta -que se ampl¨ªa de 20 a 25 miembros (sin contar con el n¨²mero a?adido que puede tener cada ayuntamiento con aulas universitarias) y abre paso a los colegios profesionales- rompe el necesario equilibrio entre las funciones de colaboraci¨®n y de control de un ¨®rgano de participaci¨®n social (inclin¨¢ndose por ¨¦ste ¨²ltimo aspecto). Adem¨¢s de estas 'observaciones de car¨¢cter general', el CES ha propuesto, seg¨²n el dictamen ¨ªntegro al que ha tenido acceso EL PA?S, una redacci¨®n alternativa de ciertos art¨ªculos, empezando por el tercero, que hace referencia a las competencias econ¨®micas de los futuros consejos sociales.
- Competencias econ¨®micas. El CES cree necesario modificar la primera parte, 'd¨¢ndole una redacci¨®n acorde con el art¨ªculo 82 de la LOU, que faculta a las comunidades aut¨®nomas a establecer las normas para el desarrollo y ejecuci¨®n del presupuesto de las Universidades, as¨ª como del control de sus inversiones, gastos e ingresos, mediante las correspondientes t¨¦cnicas de auditor¨ªas, bajo la supervisi¨®n de los consejos'.
Tambi¨¦n propone 'eliminar' la redacci¨®n de que 'el consejo social podr¨¢ recabar la realizaci¨®n de auditor¨ªas externas de las cuentas de la universidad', por entender que la Universidad 'est¨¢ sometida a la fiscalizaci¨®n de la Intervenci¨®n General y de la Sindicatura de Cuentas'. Tampoco acepta la premisa, pretendida en el borrador inicial elaborado al dictado del modelo -impulsado al alim¨®n por el presidente del Consejo Social de la Universidad de Valencia, Carlos Pascual, y el director general de Universidades, Salvador Forner,- de que los consejos tengan la facultad de 'autorizar' el endeudamiento de la Universidad, ya que 'esta facultad corresponde a la Generalitat'.
- Competencias de gesti¨®n. El CES entiende que los consejos sociales no pueden 'acordar' con el Gobierno valenciano, sino en todo caso, proponer a ¨¦ste. Raz¨®n, por la cual, proponen 'eliminar' tambi¨¦n el art¨ªculo referente a autorizar 'inspecciones' sobre 'la calidad y el rendimiento de los servicios universitarios, y la docencia'.
- Nombramiento del gerente. El dictamen propone adecuar su designaci¨®n a la LOU que establece que 'el gerente ser¨¢ propuesto por el rector y nombrado por ¨¦ste, de acuerdo con el consejo social'.
- Composici¨®n. El CES hace un severo reproche a los proponentes por la ampliaci¨®n de un ¨®rgano de participaci¨®n social en el que los sindicatos y patronal ven mermada su representaci¨®n en un 37,5%, respecto a la composici¨®n anterior. Adem¨¢s, de mostrarse abiertamente en contra de la entrada de los colegios profesionales (al considerar que ambos agentes econ¨®micos y sociales ya representan a todos los sectores profesionales). Tampoco acepta la sobrerrepresentaci¨®n que tendr¨¢n los Ayuntamientos de aquellas universidades con m¨¢s de dos sedes, extensiones o aulas. Esta falta de concreci¨®n es vista con 'preocupaci¨®n' ante las maniobras y pactos que restan estabilidad, no s¨®lo a los Ayuntamientos, sino tambi¨¦n a los consejos sociales.
- Nombramiento del presidente. El CES considera que el presidente deber¨ªa ser nombrado por el jefe del Consell, como hasta ahora, 'o¨ªdo' el consejo, aunque acepta no incluir esta observaci¨®n a cambio de que someta al consenso el nombramiento de los dos consejeros a que tiene derecho.
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