Baza, como s¨ªntoma
La reciente decisi¨®n del alcalde de Baza de revocar el nombramiento del interventor interino ha saltado a la prensa regional como una 'crisis pol¨ªtica' de este Ayuntamiento que enfrenta al alcalde y su grupo con toda la oposici¨®n, los sindicatos y la junta de personal. M¨¢s all¨¢ de la catarata de declaraciones de unos y otros -que como es norma en estos casos est¨¢n trufadas de referencias pol¨ªticas y familiares- lo que se observa desde la distancia es que el argumento del alcalde es tan f¨¢cilmente rebatible que causa cierto sonrojo ajeno: alega como motivo para cesar al interventor que quiere una persona con 'dedicaci¨®n exclusiva', cuando el propio funcionario est¨¢ de acuerdo con tener esa dedicaci¨®n. Parece evidente que el verdadero motivo es que no quiere que siga desempe?ando su trabajo.
Pero nadie que conozca medianamente el mundo local se puede extra?ar de este deseo, pues si hay una constante que marque las relaciones entre los 't¨¦cnicos' y los 'pol¨ªticos' en los Ayuntamientos durante los ¨²ltimos veinte a?os es el enfrentamiento entre ellos, lo que ha llevado a que la mayor¨ªa de los alcaldes busquen f¨®rmulas que permitan situar en la c¨²pula de la Administraci¨®n local a personas de su confianza. A veces lo hacen con tino y elegancia, a veces de forma zafia y brutal como hizo Jes¨²s Gil cuando le dio vacaciones forzosas al Secretario de Marbella nada m¨¢s llegar a la alcald¨ªa en 1991. El legislador ha colaborado todo lo que ha podido con los alcaldes en esa lucha: desde autorizar que los Ayuntamientos convoquen concursos para cubrir las plazas de habilitados de car¨¢cter nacional (lo que algunos han aprovechado para valorar los m¨¦ritos m¨¢s peregrinos con el fin de sacar al candidato previamente seleccionado) hasta despojar a los secretarios de parte de sus funciones, llegando al extremo de convertir a los Alcaldes en los jefes de personal de los Ayuntamientos. Desde 1994, se permite, incluso, que las corporaciones locales puedan proponer funcionarios interinos para ocupar los puestos de trabajo reservados a habilitados de car¨¢cter nacional 'por raz¨®n de necesidad o urgencia'. Como el actual interventor de Baza obtuvo por esta v¨ªa la plaza en 1996 con otro alcalde (que adem¨¢s era de otro partido), no es de extra?ar que ahora el nuevo equipo de gobierno municipal quiera cambiarlo y buscar alguien m¨¢s cercano. Como eso es lo habitual en la gran mayor¨ªa de los municipios, se entiende que el alcalde haya dicho, con cierto candor, que 'no es comprensible la importancia que la oposici¨®n ha dado a este asunto'.
Los partidos, que tanto se preocupan por el transfuguismo, la segunda descentralizaci¨®n y otros temas locales, no tienen entre sus preocupaciones m¨¢s inmediatas resolver este tipo de conflictos. La Ley 24/2001, de 27 de diciembre, a la vista de la enorme proliferaci¨®n de secretarios e interventores interinos y del nulo inter¨¦s de muchos Ayuntamientos de acabar con esta situaci¨®n provisional, autoriza al Ministerio de Administraciones P¨²blicas a convocar este tipo de plazas que no convoquen voluntariamente los Ayuntamientos. Algo es algo, pero creo que lo suyo es que los partidos, ahora que quieren realizar un nuevo pacto local, afronten el problema de fondo, que no es otro que la distinta posici¨®n en la que se encuentran los t¨¦cnicos y los pol¨ªticos, lo que lleva a un enfrentamiento objetivo entre ellos debido a que, expres¨¢ndolo en t¨¦rminos de Max Weber, unos representan la racionalidad administrativa, mientras que los otros, respaldados por la legitimidad popular, buscan la eficacia pol¨ªtica.
En mi opini¨®n, y simplificando, caben dos soluciones l¨®gicas que son o legislar en favor de la independencia de los secretarios e interventores o hacerlo en favor de su libre nombramiento por parte del alcalde. Como me considero m¨¢s t¨¦cnico que pol¨ªtico, prefiero de forma instintiva la primera opci¨®n; pero comprendo que la segunda tambi¨¦n puede ser defendida: si un ministro o un consejero nombra libremente a su secretario general t¨¦cnico y a los dem¨¢s miembros de la c¨²pula administrativa de su departamento) por qu¨¦ no va a poder hacer lo mismo un alcalde? La oposici¨®n, la opini¨®n p¨²blica libre, el Consejo Consultivo, la C¨¢mara de Cuentas, el Defensor y los Tribunales son instrumentos m¨¢s que suficientes para controlar su actividad, as¨ª que sobran los secretarios e interventores que, desde dentro, pongan trabas legales a la actuaci¨®n municipal. Sin embargo, lo que no entiendo es la situaci¨®n actual en la que formalmente y de cara a la galer¨ªa se prefiere el modelo 'profesional' de t¨¦cnicos municipales, mientras que en la pr¨¢ctica y en silencio se busca el modelo 'pol¨ªtico'. Por fortuna, me consuela un aforismo de Georg Lichtenberg: 'No os quej¨¦is demasiado de que la hipocres¨ªa os gobierne porque sin ella el mundo ser¨ªa un infierno'.
Agust¨ªn Ruiz Robledo es profesor titular de Derecho Constitucional Universidad de Granada.
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