Ciego por un colirio equivocado
Una sentencia condena a Sanidad a pagar 60 millones de pesetas a un lampista por un error m¨¦dico
Crist¨®bal C. R. ten¨ªa 24 a?os cuando perdi¨® la vista para siempre. Fue por culpa de un error m¨¦dico tan evidente como impropio de la sanidad p¨²blica de un pa¨ªs europeo. La justicia ha reconocido ahora que el Departamento de Sanidad de la Generalitat debe pagarle m¨¢s de 54 millones de pesetas m¨¢s intereses por da?os y perjuicios. En total, m¨¢s de 60 millones de pesetas (m¨¢s de 360.000 euros). La sentencia ha sido dictada por la Secci¨®n Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) y el Departamento de Sanidad declin¨® realizar cualquier comentario sobre su contenido. Con todo, es muy probable que se recurra contra ella ante el Tribunal Supremo ya que es poco habitual que se condene a los poderes p¨²blicos a pagar una indemnizaci¨®n tan alta por un error m¨¦dico.
'Lo que no es correcto es transferir al paciente las responsabilidades', afirma la sentencia
Ocurri¨® el 7 de mayo de 1992, cuando 'el demandante, joven obrero, de 24 a?os de edad y de oficio prensista-soldador', sufri¨® una afecci¨®n ocular. Gajes del oficio. El hombre acudi¨® a su m¨¦dico de cabecera y ¨¦ste le deriv¨® al oftalm¨®logo 'por presentar s¨ªntomas de irritaci¨®n de las conjuntivas en ambos ojos'. El diagn¨®stico fue que padec¨ªa un 'derrame ocular y conjuntivitis', pero ah¨ª qued¨® todo.
Como el hombre no mejoraba, al cabo de unos d¨ªas regres¨® al oftalm¨®logo y fue entonces cuando ocurri¨® lo peor. Se le diagnostic¨® una 'queratitis', que no es otra cosa que una inflamaci¨®n de la c¨®rnea, y se le recet¨® un colirio aplicable tres veces al d¨ªa durante dos semanas. La sentencia recuerda que la oftalm¨®loga que le atendi¨® no le dio la baja ni le concert¨® otra visita. Ni siquiera se le tom¨® la tensi¨®n ocular 'por el m¨¦todo non contacto, con el que hubiese detectado el dolor de los ojos', indica la sentencia. Unas gotas, y aire.
Tres d¨ªas despu¨¦s, el 25 de mayo de 1992, y a la vista de que la situaci¨®n no mejoraba, el hombre volvi¨® al m¨¦dico de cabecera y entonces s¨ª le dieron la baja. Al cabo de 10 d¨ªas, recuerda el tribunal, el afectado 'se percat¨® de que, de manera progresiva, disminu¨ªa su agudez visual y que aparec¨ªa en su campo visual una nebulosa que se convirti¨® en permanente a partir del d¨ªa 21 de aquel mes'. Dentro del peregrinaje habitual en estos casos, volvi¨® a su m¨¦dico de cabecera y fue derivado a la cl¨ªnica Barraquer. All¨ª le diagnosticaron un 'glaucoma y catarata cortis¨®nica en ambos ojos' e intentaron curarle de verdad, pero era demasiado tarde. De nada sirvieron las dos operaciones a las que se someti¨® en agosto de 1992 porque el resultado final fue 'la p¨¦rdida total de visi¨®n en el ojo izquierdo y, pr¨¢cticamente, la misma situaci¨®n en el derecho', ya que lo ¨²nico que percibe son 'solamente luces y sombras'.
El 20 de mayo de 1994, el Juzgado de lo Social n¨²mero 2 de Barcelona le reconoci¨® la situaci¨®n de 'gran invalidez' de por vida. Ahora la justicia vuelve a darle la raz¨®n.
Dijo la Generalitat en el pleito que era el afectado quien deb¨ªa haber ido al m¨¦dico al encontrarse mal, pero el magistrado ponente, ?ngel Garc¨ªa Fontanet, recuerda: 'Esos hechos exculpatorios, aun en el caso de ser ciertos, no son suficientes como para reprochar, en todo o en parte, al demandado la producci¨®n de sus secuelas'. La sentencia recuerda que ni el m¨¦dico de cabecera ni la oftalm¨®loga dijeron al paciente que deb¨ªa volver a visitarse ni le programaron otra visita.
'No resulta admisible el comportamiento inhibitorio de la Administraci¨®n sanitaria', indica la sentencia. 'La ceguera era evitable y el enfermo no estaba en el deber de soportarla', a?ade. 'Distinto ser¨ªa si esa programaci¨®n y vigilancia no hubiesen sido cumplidas por el enfermo por causas que le fueran atribuibles, pero lo que no es correcto es transferir al paciente las responsabilidades que son propias del sistema de salud p¨²blico de salud'.
El TSJC, despu¨¦s de o¨ªr al perito del caso, llega a la conclusi¨®n de que el tratamiento m¨¦dico que recibi¨® no fue apropiado y que si los m¨¦dicos hubieran hecho lo que deb¨ªan y, sobre todo, no le hubiesen recetado un colirio inadecuado, el paciente no habr¨ªa perdido la vista de por vida. Ahora tiene 34 a?os y si hay recurso pueden pasar otros cinco hasta que la sentencia sea firme y pueda cobrar la indemnizaci¨®n que al final se establezca.
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