Cualquier cosa
El mi¨¦rcoles pasado tuvimos conocimiento del auto del juez instructor del Tribunal Supremo Juli¨¢n S¨¢nchez Melgar, en el que se propone archivar la querella instada por el fiscal general del Estado contra los magistrados de la Sala de la Audiencia Nacional que decidieron en su d¨ªa dejar en libertad bajo una fianza de cinco millones de pesetas al presunto narcotraficante Carlos Ruiz, El Negro.
No s¨¦ si los lectores recordar¨¢n que los tres magistrados fueron suspendidos en el ejercicio de la funci¨®n jurisdiccional por el Consejo General del Poder Judicial al ser admitida a tr¨¢mite por el Tribunal Supremo la querella a la que acabo de hacer referencia, y no s¨¦ si recordar¨¢n que la decisi¨®n fue tomada por la mayor¨ªa gubernamental del Consejo en medio de un linchamiento de dichos magistrados orquestado por los medios de comunicaci¨®n gubernamentales.
Cualquier parecido con una decisi¨®n fundada en derecho brillaba por su ausencia, ya que la admisi¨®n a tr¨¢mite de la querella era un acto debido, del que no pod¨ªa deducirse que existieran indicios de responsabilidad criminal en la conducta de los jueces querellados, que justificara la medida cautelar de suspensi¨®n en sus funciones. ?nicamente en el caso de que el Tribunal Supremo dictara auto de procesamiento existir¨ªan esos indicios, que hubieran exigido que se adoptara dicha medida cautelar por parte del Consejo General del Poder Judicial. Pero entonces, y ¨²nicamente entonces. Como acabamos de saber, el juez instructor, tras cuatro meses de investigaci¨®n exhaustiva, ha llegado a la conclusi¨®n de que no hay indicios de responsabilidad criminal y ha propuesto el archivo de la querella.
Me ha parecido oportuno recordar esta medida disciplinaria, acordada por el Consejo General del Poder Judicial antes de que se apreciaran indicios de responsabilidad criminal en la conducta de los jueces, porque creo que refleja lo que realmente se est¨¢ persiguiendo, bajo el impulso del Gobierno, desde la Fiscal¨ªa General, desde la mayor¨ªa del Consejo General del Poder Judicial y desde los medios de comunicaci¨®n que orquestaron la operaci¨®n de linchamiento de los tres magistrados de la Sala Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional.
Estamos asistiendo a una operaci¨®n de acoso y derribo de tres magistrados inc¨®modos, a los que se pretende apartar de la Audiencia Nacional sea como sea. Una vez que parece que no puede prosperar la v¨ªa penal, que es la que hab¨ªa privilegiado la fiscal¨ªa, parece que quiere hacerse uso de la v¨ªa disciplinaria e imponerles a los tres magistrados una sanci¨®n que conlleve la p¨¦rdida del destino y su consiguiente salida de la Audiencia Nacional.
Cualquiera que haya le¨ªdo las faltas tipificadas en la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial sabe que es imposible encajar en ninguna de ellas la conducta de los tres magistrados que integraban la Sala Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional. Su decisi¨®n de dejar en libertad bajo fianza a un presunto narcotraficante fue, sin duda, err¨®nea, pero es completamente irrelevante desde una perspectiva disciplinaria.
Hubiera podido ser relevante desde una perspectiva penal, pero no puede serlo disciplinariamente. ?nicamente retorciendo la ley e interpret¨¢ndola de una manera incompatible con cualquiera de las t¨¦cnicas de interpretaci¨®n aceptadas en el mundo del derecho se podr¨ªa acabar imponiendo una sanci¨®n disciplinaria por la decisi¨®n de dejar en libertad bajo fianza a un detenido en prisi¨®n provisional. Esa conducta podr¨ªa ser constitutiva del delito de prevaricaci¨®n, pero no puede ser, de ninguna de las maneras, constitutiva de una falta sancionable por v¨ªa disciplinaria.
Claro que despu¨¦s de la decisi¨®n del Consejo General del Poder Judicial de reintegraci¨®n de Javier G¨®mez de Lia?o a la carrera judicial, sin que se haya producido previamente la cancelaci¨®n de sus antecedentes penales, de este Consejo se puede esperar cualquier cosa.
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