Ofrecimiento a la familia
La Ley de Enjuiciamiento Criminal prev¨¦ que cuando se produzca un hecho delictivo el juez tiene la obligaci¨®n de ofrecer al perjudicado la posibilidad de que se persone como acusaci¨®n en la causa. Y eso es lo que tambi¨¦n hizo ayer la magistrada Eva Molt¨®. En este caso, con los familiares del fallecido, que son los que asumen esa condici¨®n de perjudicados cuando el hecho investigado finaliza con la muerte de una persona.
El plazo finaliza cuando las partes que intervienen en el proceso ya han calificado los hechos, poco antes del juicio. Aunque no se personen y no ejerzan ese derecho, la ley establece de manera clara que los familiares no est¨¢n renunciando a nada y que, por tanto, tienen derecho a recibir la indemnizaci¨®n que pueda establecer una sentencia firme. A no ser que digan 'de manera terminante' que no quieren saber nada, lo que no ocurre nunca.
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