Miedo a la libertad
La decisi¨®n del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea que impone a Francia y Portugal l¨ªmites estrictos a la aplicaci¨®n de las leyes nacionales que reservan a los Estados la llamada acci¨®n de oro sobre empresas privatizadas marcar¨¢ una frontera de referencia en los mecanismos de control que pueden ejercer los Gobiernos sobre empresas que han dejado de ser p¨²blicas. El tribunal establece que la acci¨®n de oro, es decir, el derecho de intervenci¨®n y veto que se reservan los Gobiernos sobre empresas privatizadas, s¨®lo es justificable en sectores estrat¨¦gicos 'por razones imperiosas de inter¨¦s general' y deber¨¢n explicarse los criterios objetivos de aplicaci¨®n.
El tribunal ha corregido las golden share de Francia (que protege principalmente al grupo petroqu¨ªmico Elf Aquitaine) y Portugal, debido a que la ley lusa establece limitaciones a la entrada de capital extranjero, lo que supone un trato discriminatorio para los inversores europeos, y exige autorizaci¨®n previa para las participaciones superiores al 10% en sectores como energ¨ªa y banca. Los criterios del tribunal, de incorporaci¨®n obligada para los pa¨ªses reprendidos, parecen pues muy claros: no ha lugar a las autorizaciones previas de inversi¨®n por parte de los Gobiernos y las limitaciones deben ser sobre operaciones concretas.
El vicepresidente y ministro de Econom¨ªa, Rodrigo Rato, se ha apresurado a puntualizar que la legislaci¨®n espa?ola sobre golden share tambi¨¦n denunciada ante la Comisi¨®n y cuyo fallo est¨¢ pendiente, se aproxima m¨¢s a la legislaci¨®n belga, que no fue objetada por el tribunal el martes pasado. A pesar del optimismo ministerial, hay razones para esperar el dictamen europeo con cierta inquietud. Iberia, Indra, Repsol, Telef¨®nica y Endesa est¨¢n sometidas a la acci¨®n de oro del Gobierno y adem¨¢s por un plazo de 10 a?os en los casos de las tres ¨²ltimas, periodo que se antoja desmesurado como plazo de adaptaci¨®n o transici¨®n a la competencia en cualquier mercado o servicio.
La legislaci¨®n espa?ola aplica una segunda modalidad de acci¨®n de oro, desarrollada en la Ley de Acompa?amiento de los Presupuestos Generales del Estado del a?o 2000, que se puede considerar tan restrictiva a la competencia como las leyes condenadas de Francia y Portugal. En virtud de esta norma, se impon¨ªa un r¨¦gimen de autorizaci¨®n previa para las compras de capital en empresas energ¨¦ticas espa?olas por parte de empresas extranjeras que tengan participaci¨®n de capital p¨²blico. Hay un riesgo evidente de que esta norma sea considerada como una clara vulneraci¨®n de la libre circulaci¨®n de capitales; porque el argumento esgrimido por el Gobierno de Aznar de que era un contrasentido que empresas privatizadas fueran participadas de nuevo por empresa p¨²blicas europeas choca en este caso con el hecho evidente de que los tratados europeos no discriminan entre empresas p¨²blicas y privadas a efectos de inversi¨®n o circulaci¨®n de capitales.
M¨¢s all¨¢ del dictamen del Tribunal Europeo, hay que poner en cuesti¨®n la proliferaci¨®n de las golden share en Europa. Lo que en principio deb¨ªa ser concebido como un mecanismo excepcional de salvaguardia, aplicable solamente para casos de manifiesto inter¨¦s estrat¨¦gico -como el sector de Defensa-, se ha convertido en un sistema permanente de control pol¨ªtico sobre las empresas y una receta f¨¢cil para exorcizar algunos complejos de marcado signo nacionalista. Es el caso del permanente estado de alarma contra las inversiones espa?olas decretado por las autoridades portuguesas, exacerbado ahora por el inmediato plan de privatizaciones que se ve obligado a poner en marcha el Gobierno luso. El miedo a la libertad de circulaci¨®n de capitales, empresas y trabajadores est¨¢ fuera de lugar en el mercado europeo. Por esa raz¨®n, el varapalo del Tribunal de Justicia europeo a las barreras de Francia y Portugal debe ser considerado como un paso decisivo.
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