Dos vecinos retiran su demanda contra la Iglesia a cambio de 541.000 euros
Los litigantes han decidido retirar sus demandas contra el templo a cambio del dinero
Los dos vecinos que desde 1990 exig¨ªan a los jueces la demolici¨®n de parte de la iglesia de Nuestra Se?ora de las Fuentes (Fuencarral) han desistido de su denuncia contra el arzobispado. A cambio, ¨¦ste les ha dado 541.000 euros (90 millones de pesetas) a repartir entre ambos. El pago de esta suma se produce cuando apenas faltaba una semana para que el Ayuntamiento procediese al derribo de 100 metros cuadrados de este templo, que incumple la normativa municipal. Los jueces estudiar¨¢n ahora si paralizan o no la demolici¨®n tras desistir los vecinos de su demanda.
Pese a que los dos vecinos han desistido de sus demandas, el futuro de la iglesia de Nuestra Se?ora de las Fuentes, en la calle de Villa de Mar¨ªn, sigue siendo una inc¨®gnita. Los litigantes se quejaban de que el templo infring¨ªa el Plan General de Ordenaci¨®n Urbana porque no respetaba la distancia m¨ªnima de separaci¨®n entre dos inmuebles (12,6 metros), ya que s¨®lo hay siete metros entre la iglesia y sus casas.
Ambos vecinos, Mar¨ªa Teresa M. y Abd¨®n R., llegaron hace unos d¨ªas a un acuerdo con el arzobispado, due?o del templo, seg¨²n public¨® ayer Abc. Los dos vecinos, seg¨²n ha sabido EL PA?S, han retirado sus demandas a cambio de 45 millones de pesetas (270.000 euros) para cada uno. Y, adem¨¢s, conservar¨¢n sus casas. El acuerdo establece, asimismo, la obligaci¨®n del arzobispado, que encabeza el cardenal Antonio Mar¨ªa Rouco Varela, de desistir en el procedimiento civil que emprendi¨® en 1996 contra la comunidad de vecinos de la calle de Villa de Mar¨ªn, 41-43, al entender que era el bloque de pisos de esta comunidad el que invad¨ªa parte del terreno de la parroquia.
El abogado de Mar¨ªa Teresa M. y Abd¨®n R., Javier Dorca, se neg¨® ayer a confirmar o desmentir este acuerdo. 'En este asunto estoy sometido a la discreci¨®n y al secreto profesional', se excus¨®. No obstante, otras fuentes aseguran que el pacto ha sido ya suscrito y que incluso los vecinos han recibido su dinero.
El acuerdo alcanzado no implica, a priori, la paralizaci¨®n inmediata de la orden judicial de derribo que el Ayuntamiento hab¨ªa fijado ya para el lunes d¨ªa 17. En este momento, la decisi¨®n ¨²ltima la tiene la sala especial que se ha constituido en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior despu¨¦s de que el arzobispado recusara a los magistrados de la Secci¨®n Primera, que son los que han tramitado esta causa y los autores de la orden de derribo.
La sala especial tramitar¨¢ este asunto hasta que el presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior decida si se ajustan o no a derecho las alegaciones presentadas por el arzobispado para recusar a los magistrados de la Secci¨®n Primera. La sala especial la forman el presidente m¨¢s antiguo de las secciones que forman la Sala de lo Contencioso, Juan Ignacio Gonz¨¢lez Escribano; los dos magistrados m¨¢s antiguos de esta sala, Jos¨¦ Daniel Parada V¨¢zquez y Juan Ignacio P¨¦rez Alf¨¦rez, y los m¨¢s j¨®venes, Javier Eugenio L¨®pez Candela y Rafael Mar¨ªa Est¨¦vez.
El escrito de los vecinos renunciando a la demanda contra el arzobispado est¨¢ ya en poder de los jueces de la sala especial. ?stos tienen ahora dos opciones: decidir parar la orden de derribo o bien esperar a que el presidente de la Sala de lo Social decida si estima o no la recusaci¨®n hecha por la Iglesia contra los magistrados de la Secci¨®n Primera.
?Se demoler¨¢ o no?
Si el presidente de esta sala desestima la recusaci¨®n, las diligencias volver¨ªan a la Secci¨®n Primera y ser¨ªa ¨¦sta la que adoptase la ¨²ltima decisi¨®n sobre este templo. Cabe tambi¨¦n la posibilidad de que los jueces de la sala especial tomen una decisi¨®n sin esperar a que se resuelva la recusaci¨®n.
?Qu¨¦ ocurre cuando en un caso como ¨¦ste, de ¨ªndole contencioso-administrativa, los afectados retiran su demanda? Unos juristas sostienen que eso no obliga al tribunal a anular la orden de derribo. 'Se trata de un asunto urban¨ªstico, que trasciende de los litigantes. Por tanto, no cabe anular la orden de derribo', indican. Y lo razonan: '?Qu¨¦ ocurrir¨ªa si esas casas luego son vendidas a terceras personas?'. Pero un magistrado de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional opina que la retirada de la demanda implica ineludiblemente paralizar el proceso y anular la orden de derribo.
El gerente de Urbanismo, Luis Armada, se?al¨® ayer a Efe que el Ayuntamiento ejecutar¨¢ la sentencia de 3 de junio de 1993 si antes no llega una orden judicial que lo impida.
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