Los juicios r¨¢pidos, entre la panacea y el riesgo
Fiscales y abogados exigen mayores garant¨ªas
?C¨®mo reducir los tiempos en la administraci¨®n de la Justicia? No existe una ¨²nica respuesta. Sin embargo, dentro de las m¨¢ximas recogidas en el Pacto por la Justicia, suscrito por todas las fuerzas pol¨ªticas, se encuentra una: el juicio r¨¢pido. A priori, los profesionales implicados en un procedimiento judicial apuestan por mecanismos que los agilicen. Pero desde el papel que desempe?a cada cual nacen las discrepancias. La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en 60 art¨ªculos, ser¨¢ el ordenamiento que definitivamente establezca c¨®mo y a qu¨¦ delitos y faltas se aplicar¨¢, as¨ª como su implantaci¨®n generalizada.
La Comunidad Valenciana, tanto en Alicante como en Valencia, ya ha practicado el modelo de juicios r¨¢pidos. El ministro de Justicia, ?ngel Acebes, anunci¨® su extensi¨®n al conjunto del territorio antes del verano. De momento, no es as¨ª. Pero adem¨¢s, el debate pasa por el momento de mayor expresi¨®n de la divergencia.
El objetivo de los juicios r¨¢pidos, como su propio nombre indica, es reducir el tiempo de los tr¨¢mites en casos de tipolog¨ªa predeterminada. Para ello, el modelo inicial dotar¨ªa de m¨¢s competencias a la polic¨ªa judicial -citaci¨®n de peritos, testigos y perjudicados, por ejemplo-, deber¨ªa prevenir la presencia de todos los afectados en el servicio de guardia, y el juez de guardia practicar¨ªa la instrucci¨®n (recibir declaraciones de las partes y practicar las pruebas). Si se trata de una falta, el objetivo es que juicio y sentencia se produzcan de forma inmediata. Si se trata de delito, el juicio oral no se demorar¨ªa m¨¢s de 15 d¨ªas.
La finalidad de reducir los tiempos tiene varios or¨ªgenes: acabar con la percepci¨®n de que la justicia es lenta -lo que socialmente se interpreta a rengl¨®n seguido como 'ineficaz'-; disminuir los periodos de prisi¨®n preventiva; evitar que los posibles autores de delitos de trascendencia social -especialmente los de malos tratos o abusos sexuales- permanezcan en libertad hasta que se celebre la vista; dirimir sin necesidad de prisi¨®n preventiva aquellos litigios no graves en los que exista riesgo de no localizaci¨®n del supuesto culpable; o informar a las v¨ªctimas del resultado de sus denuncias... En la pr¨¢ctica lo que se pretende es un enjuiciamiento r¨¢pido de delitos flagrantes -aquellos que se suponen sencillos porque no presentan grandes complicaciones en la investigaci¨®n- y de los asociados a la seguridad ciudadana.
Precisamente el incremento de la delincuencia registrado en 2001 en la Comunidad (un 24% respecto del a?os anterior), que super¨® la media de Espa?a y que revel¨® que se concretaba en delitos menores, ha servido para que la Administraci¨®n construyera el binomio de 'juicios r¨¢pidos, mayor seguridad'.
Su ¨¢mbito de actuaci¨®n no es el n¨²cleo de las cr¨ªticas. Pero s¨ª en cambio c¨®mo puede afectar el funcionamiento de estos procedimientos a ciertos derechos fundamentales, especialmente el de la defensa. Asimismo, se han evidenciado serias dudas de la eficacia contra la delincuencia de la pr¨¢ctica de juicios r¨¢pidos. Los fiscales, entre ellos los de Alicante, han expresado una cr¨ªtica profunda, llegando a calificar de posible inconstitucionalidad algunas de las f¨®rmulas recogidas en el anteproyecto, adem¨¢s de advertir que puede vulnerarse el principio de imparcialidad al ser el mismo juez que instruye el que juzga.
Los abogados consideran que es novedoso el hecho que contempla el texto borrador en lo que se refiere a que los detenidos pueden hablar con sus letrados antes de declarar ante el juez de guardia. Pero eso mismo levanta sospechas sobre los riesgos de declaraciones demasiado espont¨¢neas.
Los secretarios judiciales -que libran su propia batalla por asumir funciones que no les son permitidas cuando su formaci¨®n es muy similar a la de un juez- ven c¨®mo algunas de las responsabilidades que conservan o que tuvieron y les fueron sustra¨ªdas pasan a otros profesionales (el recoger pruebas en el lugar de los hechos que son de cargo en el momento de la vista).
Al margen del debate que cuestiona la imparcialidad de los jueces al instruir y dictaminar a la vez o las de los fiscales, la cr¨ªtica un¨¢nime es la que se refiere a la falta de garant¨ªas presupuestarias que aseguren que los recursos necesarios estar¨¢n disponible.
La calificaci¨®n de un delito como menor no excluye la pr¨¢ctica de determinadas pruebas que se consideren necesarias. Y no todas dan resultados inmediatos. ?Habr¨¢ m¨¦dicos forenses disponibles, peritos de otras especialidades, tasadores, graf¨®logos...? ?Qu¨¦ ocurrir¨¢ cuando la prueba a practicar precise necesariamente ser remitida a un laboratorio especializado y el resultado se demore por su propia naturaleza? ?C¨®mo se afrontar¨¢ el supuesto de falta de testigos? ?C¨®mo conjugar¨¢ el juzgado de guardia la pr¨¢ctica de juicios r¨¢pidos?
Sin presupuesto, sin recursos humanos y materiales, sin incremento anticipado de juzgados de guardia, magistrados y fiscales, el augurio generalizado es el fracaso.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.