Una inseminaci¨®n en suspenso
Expertos juristas opinan sobre la petici¨®n de una valenciana de tener un hijo de su esposo en coma
La autorizaci¨®n judicial solicitada en Valencia por una mujer de 34 a?os para ser inseminada artificialmente de su marido, de 38 a?os, en coma tras un accidente de moto hace m¨¢s de 10 a?os, ha suscitado opiniones encontradas entre los juristas. Jueces, fiscales, abogados, catedr¨¢ticos y notarios consultados por este peri¨®dicoe se han pronunciado tanto a favor de que el juez autorice 'un acto de amor' hasta radicalmente en contra de que se permita una inseminaci¨®n no consentida, que ser¨ªa tanto como el abuso de un enfermo.
El caso correspondi¨® a la juez Mar¨ªa Jes¨²s Farin¨®s, como titular del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 13 de Valencia, pero como consecuencia de su traslado a otro juzgado, se ha hecho cargo del asunto el nuevo titular del mencionado juzgado civil, Jos¨¦ Miguel Bort. Seg¨²n fuentes judiciales valencianas, la resoluci¨®n que autorice o deniegue la inseminaci¨®n solicitada se demorar¨¢ m¨¢s de lo inicialmente previsto, debido a este cambio de juez.
Por el momento, al margen de las partes enfrentadas -la esposa y tutora del enfermo, por una parte, y la ex esposa y la primera hija del enfermo, por otra-, el ministerio fiscal se ha opuesto a que se autorice judicialmente la inseminaci¨®n.
El fiscal, Francisco Granell, motiva su oposici¨®n en que, dada la incapacidad del marido, la obtenci¨®n de su semen para que su esposa y tutora pueda tener un hijo suyo requiere la autorizaci¨®n judicial a la que se refiere el art¨ªculo 271.9 del C¨®digo Civil, seg¨²n el cual el tutor la necesita 'para disponer a t¨ªtulo gratuito de bienes o derechos del tutelado'. Sin embargo, el fiscal entiende que, por tratarse de un derecho personal¨ªsimo y al no existir norma legal que prevea este caso, otorgar la autorizaci¨®n judicial para obtener y utilizar el semen del enfermo exigir¨ªa garant¨ªas de que 'la citada autorizaci¨®n va a redundar en provecho o beneficio del propio incapaz'. Y el fiscal considera que de la petici¨®n formulada no se deriva esa circunstancia, adem¨¢s de que el futuro padre no podr¨ªa velar por su hijo, ni alimentarlo, educarlo y procurarle formaci¨®n integral, como exige el C¨®digo Civil.
Los juristas consultados, en su mayor¨ªa expertos civilistas, mantienen opiniones plurales, que van desde el convencimiento de que no existe problema para otorgar esa autorizaci¨®n judicial que afecta a la vida privada de un matrimonio hasta la creencia de que no debe producirse una autorizaci¨®n judicial que vulnerar¨ªa derechos fundamentales del enfermo inconsciente.
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