Las donaciones a los ayuntamientos recibir¨¢n ventajas tributarias
El proyecto de Ley de Mecenazgo, aprobado el viernes pasado en Consejo de Ministros, prev¨¦ la exenci¨®n fiscal de las donaciones que reciban los ayuntamientos y las entidades aut¨®nomas, siempre y cuando esos recursos sean destinados al inter¨¦s general.
En el art¨ªculo 16 del referido proyecto se incluye dentro de las entidades beneficiarias del mecenazgo a las entidades sin fines de lucro, al Estado, las comunidades aut¨®nomas y las entidades locales y a las universidades p¨²blicas, entre otras instituciones.
La inclusi¨®n de las donaciones a los ayuntamientos y otros organismos locales pretende compensar la disminuci¨®n en la recaudaci¨®n de los impuestos locales como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, sobre Actividades Econ¨®micas y sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Asimismo, aquellas actividades especiales determinadas en la ley de presupuesto de cada ejercicio fiscal recibir¨¢n cinco puntos porcentuales m¨¢s de exenci¨®n, es decir, en el caso de las personas f¨ªsicas la exenci¨®n ser¨¢ del 30% (por cada euro donado el Estado le devolver¨¢ 30 c¨¦ntimos) y en de las empresas ser¨¢ del 40%.
El secretario de Estado de Hacienda, Estanislao Rodr¨ªguez-Ponga, explic¨® ayer que Hacienda dejar¨¢ de recaudar 48,5 millones de euros anuales una vez que entre en vigencia la Ley de R¨¦gimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, m¨¢s conocida como Ley de Mecenazgo.
El texto legal, con la intenci¨®n de incrementar la transparencia en el funcionamiento de las entidades sin fines de lucro, establece la presentaci¨®n de una memoria anual que especifique los gastos de la instituci¨®n por categor¨ªas.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Ley Mecenazgo
- Impuestos municipales
- Leyes Ordinarias
- Reforma legislativa
- Finanzas municipales
- Mecenazgo
- Hacienda p¨²blica
- Legislaci¨®n espa?ola
- Finanzas p¨²blicas
- Normativa jur¨ªdica
- Finanzas
- Legislaci¨®n
- Cultura
- Justicia
- Ayuntamientos
- Gobierno municipal
- Administraci¨®n local
- Pol¨ªtica municipal
- Administraci¨®n p¨²blica
- Pol¨ªtica